Globalia-Orizonia: detalle de los posibles efectos “verticales y horizontales” de la operación
Publicada 14/02/13
La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha pasado a la segunda fase el expediete de la compra de Orizonia por parte de Globalia. Los principales motivos para seguir investigando los ve en la turoperación. Pero también aprecia otros posibles efectos “horizontales y verticales” que afectan al resto de actividad. Este diario ofrece el contenido íntegro de la ‘nota sucinta’ que la CNC ha facilitado a “las personas físicas y jurídicas que puedan resultar afectadas por la operación”, para que “puedan presentar sus alegaciones”.
La CNC detalla en esa nota de los posibles efectos tanto horizontal, “derivados del reforzamiento de Globalia en cada uno de sus mercados, como vertical: “aguas abajo, sobre agencias minoristas y “aguas arriba sobre líneas aéreas e incluso operadores de handling”.
A continuación se reproduce el texto integro de la CNC sobre de los “efectos potenciales de la operación”:
“El análisis en primera fase de la CNC concluye que la operación de concentración GLOBALIA/ORIZONIA es susceptible de tener efectos sobre la competencia en diversos mercados relacionados con el sector turístico.
De acuerdo con dicho análisis, la operación supone la integración de los dos principales grupos turísticos españoles, presentes ambos en los principales mercados del sector turístico: agencias de viaje mayoristas (turoperadores) y minoristas, gestión de establecimientos hoteleros y servicios de transporte aéreo de pasajeros. En consecuencia, la operación tendrá efectos tanto de carácter horizontal, derivados del reforzamiento de GLOBALIA en cada uno de esos mercados, como de carácter vertical: aguas abajo, sobre agencias minoristas y clientes finales y aguas arriba, sobre líneas aéreas e incluso operadores de handling.
Efectos horizontales
Los principales efectos horizontales de la concentración se producirán en el mercado de agencias mayoristas o turoperadores, en el que GLOBALIA y ORIZONIA actúan como segundo y primer operador por ventas respectivamente.
Así, la operación situará a la entidad resultante como primer turoperador, a una gran distancia del segundo turoperador en España y mucho mayor aún respecto de una gran cantidad de otros competidores con cuotas marginales, suponiendo la concentración, además, la desaparición de la presión competitiva que venía ejerciendo ORIZONIA como principal operador del mercado y único competidor verticalmente integrado comparable a GLOBALIA en cuanto a tamaño y naturaleza.
En el mercado de agencias minoristas de viajes los efectos de la concentración son, en principio, más moderados, alcanzándose una cuota resultante entre el 10-20%, prácticamente igual que la del primer operador minorista, Viajes El Corte Inglés. No obstante, dado el fuerte grado de integración vertical del operador resultante de la concentración, cabe esperar que su capacidad competitiva sea muy superior.
En los servicios de transporte aéreo de pasajeros la concentración dará lugar a solapamientos en siete rutas aéreas, en las que operan tanto GLOBALIA (a través de Air Europa) como ORIZONIA (a través de Orbest): Madrid-Punta Cana; Madrid-Cancún; Bilbao-Lanzarote; Bilbao-Tenerife Sur; Oviedo-Tenerife Sur; Santiago de Compostela-Tenerife Sur. Las cuotas resultantes se situarán entre el 30% y el 90%.
Además, ORIZONIA, a través de Orbest, opera en al menos 16 rutas entre la Península/Baleares y las Islas Canarias, de las cuales en 10 presenta cuotas entre el 90 y el 100%; mientras que Air Europa está presente en 28 rutas con destino Canarias, donde presenta cuotas, tanto en invierno 2011/2012 como especialmente en verano 2012, superiores al 90% en siete rutas y entre 40% y 90% en cinco.
En cuanto al Caribe, Orbest ha operado las rutas Barcelona-Cancún y Barcelona-Punta Cana, con cuotas en verano de 2012 entre el 80% y 100%, mientras que Air Europa opera las rutas Madrid-La Habana (con cuotas ente el 40-50%), Madrid- Puerto Plata (100% en verano 2012) y Madrid-Santo Domingo (alrededor del 50%). Cabe señalar que Iberia ha anunciado públicamente que en el primer semestre de 2013 dejará de volar a La Habana y Santo Domingo.
Por tanto, al reforzamiento de la posición de GLOBALIA en varias rutas debe añadirse el efecto cartera derivado de la adición de las rutas que le aporta la adquisición de ORIZONIA a las rutas en las que ya está presente en la actualidad.
Efectos verticales
Teniendo en cuenta que la oferta de viajes de carácter vacacional de los turoperadores se presenta en forma de paquetes turísticos (básicamente vuelo y estancia) y que esos productos se venden a través de agencias de viajes minoristas, resulta de especial importancia tener en cuenta los efectos verticales que se derivarán de la concentración de los dos principales operadores turísticos integrados en España.
En tal sentido, la empresa resultante de la operación será claramente el principal turoperador así como el principal oferente de los inputs necesarios para formar paquetes turísticos a determinados destinos (principalmente Caribe y Canarias), lo que incide doblemente sobre la competencia en el mercado de turoperadores: por un lado, por el refuerzo de su posición derivado de las adiciones de cuota y, por otro, por su capacidad de modificar las condiciones de la oferta de forma que favorezca sus productos frente a los de terceros mayoristas.
Lo anterior puede tener efectos aguas arriba, en los mercados de transporte aéreo, por cuanto una mayor cuota en el segmento mayorista permitirá un incremento de las ventas de asientos en los vuelos. Asimismo, sería conveniente conocer los efectos de la operación sobre los mercados de handling.
Adicionalmente, podrían producirse efectos aguas abajo, en el mercado de agencias minoristas, en tanto que el reforzamiento de GLOBALIA como oferente mayorista podría permitirle debilitar la capacidad competitiva de otras agencias minoristas mediante el endurecimiento de las condiciones de acceso a los determinados productos (vuelos, hoteles, etc.).
Por último, podrían producirse efectos sobre la gestión de plazas hoteleras, en forma de un posible endurecimiento de las condiciones de demanda de las plazas hoteleras.
De acuerdo con la información disponible, los posibles efectos anteriormente descritos serían mayores en relación con la oferta de viajes a Canarias y Caribe.
Presentación de alegaciones
La CNC concluye su ‘nota asucinta’ señalando que será hecha pública y puesta en conocimiento de las personas físicas o jurídicas que puedan resultar afectadas y del Consejo de Consumidores y Usuarios, para que presenten sus alegaciones en el plazo de 10 días a partir de la recepción de la mencionada nota sucinta.
“Las personas físicas o jurídicas que puedan resultar afectadas por la operación de concentración tienen un plazo de diez días para solicitar de forma motivada”. La CNC “valorará las concentraciones económicas atendiendo a la posible obstaculización del mantenimiento de una competencia efectiva en todo o en parte del mercado nacional.
Para ello, será de utilidad la información que se considere conveniente remitir, que permita profundizar, entre otros, en aspectos competitivos tales como la delimitación de los mercados relevantes de producto y geográfico, la competencia real y potencial que plantean otros operadores de dentro o fuera de España, los efectos que la operación pueda tener sobre la competencia efectiva en los mercados, la existencia de barreras para el acceso a dichos mercados y las eficiencias económicas derivadas de la operación”.
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