El Juzgado número 61 de Primera Instancia de Madrid ha desestimado la demanda impuesta por la aerolínea Spanair contra Iberia por "competencia desleal" en la "contratación masiva de 25 de sus copilotos" y ha absuelto a la compañía de bandera de los cargos aducidos en su contra, informaron a Europa Press fuentes de Iberia.
El Juzgado número 61 de Primera Instancia de Madrid ha desestimado la demanda impuesta por la aerolínea Spanair contra Iberia por "competencia desleal" en la "contratación masiva de 25 de sus copilotos" y ha absuelto a la compañía de bandera de los cargos aducidos en su contra, informaron a Europa Press fuentes de Iberia. Spanair interpuso el 12 de abril de 2000 una demanda contra Iberia al considerar que esta aerolínea había actuado "en competencia desleal" en la contratación de copilotos y por "inducir" a los pilotos que trabajaban para Spanair a infringir el plazo de preaviso de tres meses previstos en los contratos de estos trabajadores. Según Spanair, la conducta de Iberia habría supuesto para la compañía un coste de 1.835 millones de pesetas. La sentencia determina que Iberia "actuó como lo hacen otras compañías del sector" y apunta que la convocatoria de selección de pilotos "no se hizo en un periodo de 15 días" como dijo Spanair, sino que fue un proceso largo, que comenzó en 1999 y que tuvo la suficiente publicidad "como para que Spanair pudiera haber seguido su evolución". Asimismo, reconoce que la convocatoria se dirigió a pilotos "de alta experiencia", por lo que era "lógico" que los aspirantes procediesen de otras compañías aéreas y del Ejército. También reconoce que el resto de los requisitos exigidos en la convocatoria son los normales al ser Iberia una compañía española y comunitaria y que no estaban destinados a "perjudicar especialmente" a ninguna otra aerolínea. El tribunal también considera que aunque los 25 pilotos de pilotos seleccionados por Iberia representaban el 13 por ciento de la plantilla, no tiene la "trascendencia" aducida por la aerolínea que dirige Gonzalo Pascual, ya que esta compañía debía disponer de recursos suficientes para reestructurar su plantilla y, "de hecho", tuvo constancia que durante ese tiempo Spanair aumentó su número de vuelos. Fuentes de Iberia aseguraron que la sentencia determina que esta compañía no "indujo" a los pilotos de Spanair a no cumplir el plazo de preaviso para finalizar su contrato de trabajo en la compañía ya que ésta es "una cuestión entre Spanair y sus pilotos", especialmente si cuenta "como en este caso" con medios en su convenio para poder obtener compensación el caso de que los pilotos no cumplan con el tiempo mínimo exigido de preaviso. Por su parte, fuentes de Spanair declararon a Europa Press que la compañía recurrirá la sentencia porque considera que el tribunal "reconoce los argumentos, pero no acepta la demanda". Asimismo, respecto al pago de las costas del juicio por parte de Spanair, las citadas fuentes dijeron que "no se tiene que realizar", ya que la sentencia "no es firme" y la van a recurrir.
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