El Consejo de Ministros, en su reunión de ayer viernes, ha autorizado la firma del Acuerdo entre España y Panamá sobre transporte aéreo, cuya finalidad es establecer el marco jurídico para promover el desarrollo del transporte aéreo entre ambos países y proseguir la cooperación internacional en este ámbito, en el marco del Convenio de Aviación Civil Internacional.
El Consejo de Ministros, en su reunión de ayer viernes, ha autorizado la firma del Acuerdo entre España y Panamá sobre transporte aéreo, cuya finalidad es establecer el marco jurídico para promover el desarrollo del transporte aéreo entre ambos países y proseguir la cooperación internacional en este ámbito, en el marco del Convenio de Aviación Civil Internacional. Los derechos y condiciones, siempre de carácter recíproco, hacen referencia a la designación y renovación de empresas operadoras por ambos países, exención aduanera de equipos, combustibles y suministros utilizados en los servicios aéreos, tasas aeroportuarias, derechos relativos a oficinas y personal técnico y comercial, medidas de seguridad aérea y régimen fiscal, y criterios para establecer tarifas aéreas. Las Autoridades Aeronáuticas de cada Estado designarán las empresas aéreas que explotarán los servicios convenidos, gozando éstas de una serie de derechos, como los de sobrevolar los respectivos territorios sin aterrizar, hacer escalas con fines no comerciales, y con fines comerciales en los aeropuertos especificados en el anexo con el propósito de embarcar y desembarcar pasajeros, correo o carga. Por último, un Anexo contiene el cuadro de rutas en el que se recoge las que podrán ser explotadas en ambas direcciones por las empresas aéreas designadas por ambas partes.
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