Las compañías aéreas no podrán cobrar por la segunda maleta
Publicada 04/02/11
- El transportista estará obligado a transportar juntamente con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje con los límites de peso
La Comisión de Fomento del Senado ha aprobado ayer una enmienda del senador de Coalición Canaria por la isla de El Hierro, Narvay Quintero, que impedirá a las compañías aéreas cobrar por la segunda maleta.
En concreto, la enmienda impedirá que las aerolíneas cobren a los pasajeros por el número de bultos aunque se les obligará a tener una tasa complementaria "sólo" para el caso de que el equipaje supere el peso y el volumen establecido en el reglamento vigente.
La enmienda a la Ley de Navegación Aérea aprobada por la Cámara Alta recoge textualmente que "el transportista estará obligado a transportar juntamente con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje con los límites de peso, independientemente del número de bultos, y volumen que fijen los reglamentos". También indica que "no se considerará equipaje, a este efecto, los objetos y bultos de mano que el viajero lleve consigo".
Esta enmienda ha sido defendida por CC y establece que la compañía aérea "estará obligada a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos. Únicamente podrá denegarse el embarque de estos objetos y bultos en atención a razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, en relación con las características de la aeronave".
En relación con la enmienda, Quintero indicó que con su aprobación "se impedirá el abuso que supone el cobro de una tasa complementaria por la facturación de una segunda maleta, independientemente de su peso y tamaño, y se zanja una polémica abierta de manera innecesaria por las compañías aéreas".
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