La Comisión Europea adoptó ayer una propuesta de reglamento que pretende reforzar la protección de los pasajeros aéreos frente a las denegaciones de embarque --por sobreventa de billetes--, cancelaciones de vuelos y retrasos prolongados y prevé indemnizaciones de hasta 1.500 euros, frente al máximo actual de 300 euros, informó el Ejecutivo comunitario.
La Comisión Europea adoptó ayer una propuesta de reglamento que pretende reforzar la protección de los pasajeros aéreos frente a las denegaciones de embarque --por sobreventa de billetes--, cancelaciones de vuelos y retrasos prolongados y prevé indemnizaciones de hasta 1.500 euros, frente al máximo actual de 300 euros, informó el Ejecutivo comunitario. El objetivo de esta medida es disuadir a las compañías de practicar un overbooking abusivo, fijando cantidades lo suficientemente altas. La comisaria europea de Transportes y Energía, Loyola de Palacio, afirmó en un comunicado que "demasiados europeos se encuentran con sorpresas cuando llegan a los mostradores de facturación", unos 250.000 cada año, y aseguró que la propuesta hará "mucho menos corrientes" estas prácticas. Bruselas considera que las actuales normas para evitar un overbooking excesivo, que datan de 1991, "han resultado demasiado débiles y limitadas", no han conseguido disuadir a las compañías de esta práctica y, además, no se aplican ni a las cancelaciones de vuelos, a los retrasos importantes o a los vuelos a cargo de turoperadores. Por ello, la nueva propuesta, que tendrá que ser discutida y aprobada por los ministros de Transportes de los Quince, fija medidas de protección para todos los casos. Actualmente, un pasajero al que se le deniega el embarque por overbooking recibe una indemnización de 150 euros, si su vuelo era de menos de 3.500 kilómetros, y de 300, si el trayecto alcanza o supera esta longitud. En la propuesta de la Comisión las cantidades se elevan a 750 euros para los vuelos inferiores a 3.500 kilómetros y 1.500 euros para los de larga distancia. Además, la indemnización se extiende a las cancelaciones de vuelos cuando la compañía sea responsable y a los chárter. No obstante, las cantidades pueden reducirse a la mitad, como actualmente, si el retraso sufrido por los pasajeros es menor de dos horas, en los vuelos cortos, o de 4 horas, en los de más de 3.500 kilómetros. Además, el texto elaborado por los servicios de De Palacio crea una nueva figura, la del "voluntario", un pasajero que decide abandonar su plaza en el avión del que se han vendido demasiados asientos y negocia su compensación con la compañía. De hecho, si la propuesta sale adelante, las aerolíneas estarán obligadas a pedir siempre voluntarios antes de empezar a denegar embarques. Junto a la compensación económica, la propuesta conserva los otros dos derechos de los que disfrutan ahora los afectados: posibilidad de elegir entre reubicarse en otro vuelo lo antes posible o rembolsarse el importe del billete y derecho a un refresco, comida o alojamiento. No podrá denegarse el embarque a minusválidos o pasajeros con necesidades especiales. Las mismas normas sobre indemnizaciones, atención al pasajero y posibilidad de reembolso regirán también en caso de cancelación de un vuelo cuando la responsabilidad sea de la compañía. En el caso de los largos retrasos, la propuesta preliminar admite que las compañías aéreas no siempre son responsables, pero pretende evitar que los pasajeros sean abandonados durante horas, cuando el compromiso adquirido por las aerolíneas en el contrato incluye su transporte con diligencia razonable. Por ello, propone que a los pasajeros que sufran largos retrasos se les ofrezca la posibilidad de renunciar a su viaje, recuperando el importe del billete, o tomar un vuelo alternativo lo antes posible. Además, tendrán que hacerse cargo de pasajeros con necesidades particulares, como personas con minusvalías o niños no acompañados (por ejemplo, comidas, refrescos o alojamiento).
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