Extremadura multará con hasta 60.000 € publicitar alquiler turístico ilegal
La normativa penaliza la comercialización de viviendas turísticas sin número de registro
Publicada 18/07/18- Se busca así erradicar la competencia desleal y la oferta ilegal y clandestina que distorsiona la ordenación turística de la región
- Incumplir las obligaciones de publicidad, descripción e información de los establecimientos se sanciona con multas de entre 6.001 y 60.000 €
- Las plataformas deberán comunicar a la Junta la titularidad y sede de las empresas que no tengan el correspondiente número de registro
Las empresas y entidades que realicen publicidad y comercialicen alquileres turísticos de Extremadura están obligadas desde este martes a reflejar su número de inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas, cuyo incumplimiento supondrá una infracción grave. La Dirección General de Turismo ha remitido un escrito a las principales plataformas comercializadoras para informarles de la entrada en vigor de la nueva ley, que prevé sanciones de hasta 60.000 euros por la publicidad de ofertas ilegales.
El Diario Oficial de Extremadura publicó el pasado lunes el texto de la nueva Ley que modifica la normativa sobre Modernización y Desarrollo del Turismo en la región, con el fin de dotar de mayor seguridad jurídica al sector y facilitar el ejercicio de la actividad por parte de las empresas turísticas, como ya adelantó HOSTELTUR noticias de turismo en ‘Extremadura estrecha el control sobre la competencia desleal’ y ‘Luz verde a la nueva ley para luchar contra el intrusismo en Extremadura’.
En este sentido la nueva norma reguladora deja constancia de que la finalidad básica de esta medida es la erradicación de la competencia desleal y de la oferta ilegal y clandestina que distorsiona la ordenación turística, causando importantes perjuicios en el sector extremeño.
La misma comunicación ha sido remitida a 13.500 empresas del sector y a todos los ayuntamientos extremeños, a través de la Federación de Provincias y Municipios de Extremadura (Fempex).
En la misiva se notifica que se podrá sancionar con multas que oscilan entre 6.001 y 60.000 euros por expediente el incumplimiento de las obligaciones con respecto a la publicidad, descripción e información de establecimientos turísticos, y a la titularidad que no haya presentado declaración responsable o comunicación previa.
Las plataformas online además deberán comunicar a la Junta de Extremadura los datos relativos a la titularidad y sede de las empresas que no hagan constar el correspondiente número de registro. Asimismo deberán retirar la publicidad o información cuando no figure este número, a requerimiento de la Dirección General de Turismo.
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