La Justicia avala la suspensión de alojamientos turísticos en Barcelona
El TSJC falla en contra de los recursos presentados por Hotusa y Claris
Publicada 23/07/18- El acuerdo de la Comisión de Gobierno estuvo exento de "arbitrariedad, desviación de poder y falta de motivación o justificación"
- Las sentencias determinan que "no se ha vulnerado el derecho a la defensa" porque se trataba de una suspensión temporal de un año
- La suspensión de licencias se aprobó en 2015 y se han presentado en su contra hasta 27 recursos distintos
Dos primeras sentencias del TSJC han fallado a favor de la suspensión de determinados planes y licencias urbanísticas aprobada por el Ayuntamiento de Barcelona en julio de 2015, que afectaron a la concesión de nuevos alojamientos turísticos en la ciudad, y contra la cual se interpusieron hasta 27 recursos.
El acuerdo precisaba que la suspensión se hacía con la finalidad de "proceder a los estudios previos para el análisis del impacto de las actividades destinadas al alojamiento turístico en todas sus modalidades, y también las residencias de estudiantes y los albergues juveniles, para elaborar el planeamiento urbanístico necesario para regular adecuadamente su implantación en Barcelona".
Las dos primeras sentencias, emitidas tras dos recursos presentados por las sociedades Hotusa y Claris contra este acuerdo, desestiman los argumentos de los recurrentes al considerar, entre otros motivos, que no han aportado datos ni pruebas que cuestionen los documentos municipales que los justificaban.
Acuerdo bien fundamentado
Resalta el tribunal que el acuerdo se fundamentó en un "extenso documento" en el que se hace un análisis de la actividad de alojamiento turístico en el término municipal, con datos comparativos de otras ciudades europeas, y que revelaba que Barcelona se situaba en segundo lugar, solo superada por París, en cuanto a número de huéspedes por hectárea de territorio.
Tras estas dos sentencias, la teniente de alcalde de Ecología, Urbanismo y Movilidad, Janet Sanz, ha indicado que ambas establecen que "el acuerdo era plenamente legal y se desarrolló de forma correcta, rigurosa y profesional".
Sanz ha resaltado que las sentencias confirman que la comisión de gobierno era el órgano competente para aprobar dicho acuerdo y reafirman que éste "no es diferente" de otros que ya se aprobaron en gobiernos anteriores, como el encabezado por el exalcalde Xavier Trias, que también suspendió el otorgamiento de licencias para pisos turísticos en 2014.
"Se confirma que esta es una forma de funcionar de la propia ciudad en base a las competencias legales que tenemos, y un instrumento para poder analizar y luego desarrollar un plan especial de regulación de usos", ha afirmado Sanz.
Las sentencias también determinan que "no ha habido vulneración del derecho a la defensa" porque se trataba de una suspensión temporal de un año, prorrogable a dos, ni tampoco "omisión de trámite de audiencia", ha aclarado la concejala.
El acuerdo, así, "se adecuaba a lo que se quería sacar adelante" y estuvo exento de "arbitrariedad, desviación de poder y falta de motivación o justificación", ha añadido Sanz.
La teniente de alcalde se ha felicitado por estas dos sentencias, que considera "un buen inicio", y ha concluido que confirman lo que desde el equipo municipal siempre han manifestado: "Que hemos hecho las cosas bien hechas y que el Plan Especial Urbanístico de Alojamientos Turísticos (PEUAT) era necesario para poder desarrollar y defender la ciudad respecto a la burbuja turística" (Ver: Los hoteleros de Barcelona recurren el PEUAT).
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