La garantía solidaria del proyecto de Ley

Fetave ve un “disparate” en la garantía solidaria de los viajes combinados

Publicada 28/08/18
Fetave ve un “disparate” en la garantía solidaria de los viajes combinados
  • La plena vigencia de la transposición de la directiva europea de viajes combinados podría estar cerrada en julio de 2019
  • Fetave cree que la adaptación normativa debería haber esperado a la transposición en las Cortes Generales
  • Gutiérrez estima que la actual redacción, “es una aberración comercial inexistente en cualquier otro sector y no derivada de la Directiva”

“La garantía solidaria del Proyecto de Ley de viajes combinados es un disparate económico y jurídico sin precedentes en ningún otro sector”, asegura el presidente de la Federación Empresarial de Asociaciones Territoriales de Agencias de Viajes Españolas (Fetave), César Gutiérrez.

Gutiérrez menciona la Directiva 2302/2015 de la Unión Europea sobre viajes combinados y servicios de viaje vinculados “que debía haber sido transpuesta al ordenamiento jurídico español antes del 31 de diciembre de 2017 para su entrada en vigor el 1 de julio”, y que fue aprobada como proyecto de ley el 23 de marzo por el Consejo de Ministros y remitido con esa misma fecha a las Cortes Generales.

El presidente de Fetave señala que en las Cortes, “a través de sucesivas prórrogas del plazo para enmiendas a la totalidad, comenzará su tramitación efectiva en septiembre con la presentación de enmiendas al articulado y tramitación en comisión con competencia plena, por lo que, si no surgen interferencias políticas en el desarrollo de la legislatura, sobre enero de 2019 pudiera estar aprobada como ley cuyo desarrollo correspondería a las Comunidades Autónomas, con lo que la plena vigencia podría estar cerrada en julio de 2019, aunque, desde los derechos de los viajeros, esa Directiva, tal como estaba previsto, ha entrado en vigor por aplicación directa desde el 1 de julio con su correspondiente carga de inseguridad jurídica para todos, viajeros y empresas”.

La discrepancia fundamental de Fetave con el texto del proyecto se centra en lo referente a la garantía solidaria

No obstante, Gutiérrez aclara que “lo antes descrito, teniendo en cuenta que España está emplazada por la Comisión por haber transpuesto indebidamente la Directiva de 1990 y amenazada de sanción por ello, no parece ejemplo de diligente actuación para alcanzar una regulación adaptada a la era digital del sector de creación y comercialización de los viajes, poniendo fin a la obsoleta e intervencionista legislación actual respecto a las empresas al tiempo que carente de una eficaz protección al viajero, razón esta última del emplazamiento de la Comisión al Reino de España.

Imagen Fetave califica de “disparate” la garantía de la ley de viajes combinados
César Gutiérrez, presidente de Fetave.

El presidente de esta organización de agencias indica que, aunque “reconocemos sus efectos positivos de liberación de avales innecesarios e injustificados ante la Administración, creemos que hubiese tenido más coherencia que la adaptación normativa efectuada por algunas Comunidades Autónomas a la Directiva de 1990, derogada por la de 2015, hubiese esperado a la transposición en las Cortes Generales para evitar que deban volver a modificar esas adaptaciones normativas tras la transposición a la que hemos hecho referencia que, como decimos, esperamos que pueda estar vigente sobre el 1 de enero de 2019, al tiempo que reclamamos urgencia en el posterior desarrollo por las Comunidades Autónomas con objeto de poner fin al obsoleto marco legal vigente creando un adecuado marco de competencia entre empresas basado en una uniforme protección de los derechos de los viajeros en todo el territorio de la Unión Europea y con ello un mercado interior europeo del sector de los viajes”.

Aberración comercial

En ese contexto, Fetave, “al tiempo de reiterar a los Grupos parlamentarios del Congreso su solicitud de la más rápida aprobación posible del proyecto de ley que consideramos de gran importancia tanto para la regulación del sector de los viajes, como para la uniforme protección de los derechos de los viajeros en toda la Unión Europea, manifiesta su acuerdo general con el texto del proyecto con muy ligeras matizaciones con la excepción de lo referente a la garantía solidaria entre organizador del viaje y comercializador que creemos que, en su actual redacción, es una aberración comercial inexistente en cualquier otro sector y no derivada de la Directiva”.

En ese sentido, Fetave ha trasladado a los diversos Grupos Parlamentarios del Congreso sus propuestas de enmiendas para su consideración, así como a las actuales Secretaria de Estado de Turismo y Secretaria General de Consumo y tiene la esperanza de que puedan ser atendidas como mejoras al texto articulado del proyecto de ley.

La discrepancia fundamental de Fetave con el texto del proyecto se centra en lo referente a la garantía solidaria que éste prevé entre el organizador del viaje y el comercializador que no viene obligada por la Directiva “y que no supone ningún beneficio para el consumidor en cuanto a las garantías ante cualquier incidente en el viaje, sino que, por el contrario, contribuirá a encarecer los viajes porque incrementa los costes al tener que efectuarse un doble aseguramiento en el proceso de organización y en el de comercialización de los productos turísticos para cubrir un único hecho y que, en su caso, generará una única compensación”.

Duplicidad de garantía

“El disparate económico y jurídico de la previsión del proyecto de ley de garantía solidaria –continúa Gutiérrez- alcanza su máxima incongruencia cuando a los Grupos Turísticos con áreas organizadora de viajes y comercializadora integradas en ellos, les obliga a asegurar dos veces el mismo riesgo, lo que facturen como organizador que vendan como minorista; caso de El Corte Inglés con Club de Vacaciones, Tourmundial y Viajes El Corte Inglés, o en el Grupo Barceló dentro de Avoris entre las empresas mayoristas y la red minorista, o en Globalia con sus divisiones mayoristas y minoristas, o en Soltour, etc., y ello, sin perjuicio de que esa garantía solidaria pudiera ser contraria al Derecho comunitario y a la Directiva que se transpone, que, como hemos indicado, no establece la responsabilidad solidaria entre los organizadores y los minoristas comercializadores del viaje”.

El presidente de Fetave considera que “esa garantía solidaria inexistente en cualquier otro sector económico, de aplicarse, por ejemplo, al caso de los concesionarios de vehículos significaría que por ley, los concesionarios serían responsables solidariamente con los fabricantes ante problemas de fabricación de los vehículos como el caso del ‘dieselgate’ o de las llamadas a revisión de series de vehículos, o que, en el caso de las farmacias, éstas lo fuesen con el laboratorio fabricante del producto farmacéutico, o que las grandes superficies o distribuidores como Amazon, por ejemplo, respondiesen solidariamente con los fabricantes de los bienes que distribuyen. Obvio es decir que la realidad legal y de mercado no tiene nada que ver con garantías solidarias entre fabricante y comercializador, y nadie plantea lo contrario; lo que no parece apoyar el disparate de la garantía solidaria en el referente a los viajes”.

Gutiérrez concluye: “Estamos seguros de que el sentido común de los legisladores españoles se impondrá y se eliminará la aberración económica y jurídica de la garantía solidaria entre organizador y comercializador de viajes que estamos denunciando”.

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