Cantabria subvencionará con hasta 36.000 € a las agencias de viajes
Publicada 11/09/18
- Para acceder a las ayudas, las agencias y OPC deberán estar “domiciliados en Cantabria o que, al menos, tener un centro de actividad”
- El pago del 50% del importe de la subvención concedida se efectuará después de la justificación de al menos del 50% del presupuesto
- Las subvenciones “será proporcional a la puntuación obtenida por los beneficiarios y en ningún caso superará la cantidad de 36.000 €
Dentro de los planes de ayudas a las pymes que anualmente convoca la Comunidad de Cantabria, para este año el Boletín Oficial de esa Comunidad ha publicado la convocatoria de ayudas a “agencias de viajes y organizadores profesionales de congresos [OPC] para el fomento de actividades de comercialización turística”, con un importe máximo de 36.000 euros.
Para acceder a las ayudas, las agencias y OPC deberán estar “domiciliados en Cantabria o que, al menos, tener un centro de actividad radicado en el territorio de la Comunidad” con anterioridad al plazo de finalización de presentación de solicitudes. La concesión de las subvenciones “se tramitará en régimen de concurrencia competitiva”.
Serán gastos subvencionables “proyecto, diseño y maquetación de catálogos o cualquier otro material promociona”, las “acciones encaminadas a comercializar Cantabria en los puntos emisores de conexiones aéreas y marítimas con la Comunidad Autónoma”, los “gastos para la obtención y renovación de la Q del ICTE”, los de “participación en promoción turística conjuntamente con la Comunidad Autónoma”, las “inversiones en equipamiento de hardware y software para la gestión de la empresa, excluidos los gastos de mantenimiento y asistencia técnica de apoyo a la promoción y comercialización de producto turístico”, y las “inversiones en obra civil para garantizar la accesibilidad y la efi ciencia energética de las oficinas de atención al público”.
Cada uno de los seis puntos subvencionables serán medidos con un baremo, de la suma de ellos se verá la cantidad total. La cuantía de las subvenciones “será proporcional a la puntuación obtenida por los beneficiarios y en ningún caso superará la cantidad de 36.000 €”, señala el Boletín.
El pago del 50% del importe de la subvención concedida se efectuará después de la justificación de al menos del 50% del presupuesto subvencionable. El abono del 50% restante de la subvención se realizará una vez presentada la documentación justificativa por el importe total del presupuesto aprobado.
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