Por la estafa en la compra de los hoteles Beverly

El Supremo rebaja a 2 años y medio la condena a los hermanos Ruiz-Mateos

Publicada 18/10/18
El Supremo rebaja a 2 años y medio la condena a los hermanos Ruiz-Mateos

El Tribunal Supremo ha rebajado a 2 años y medio de prisión la condena que la Audiencia de Palma impuso a los seis hermanos Ruiz-Mateos Rivero por estafa en la compra de los hoteles Beverly Playa Paguera (Mallorca) y Beverly Park Maspalomas (San Bartolomé de Tirajana, Las Palmas). Los seis hermanos fueron condenados a penas de entre 5 años y 11 meses y 6 años y medio de cárcel por un delito agravado de estafa y otro de alzamiento de bienes.

Sin embargo, la Sala Segunda del alto tribunal ha estimado parcialmente el recurso de la familia y ha rebajado tanto la pena como la multa a pagar, que ascendía inicialmente a entre 72.000 y 87.000 euros y que ahora el alto tribunal fija en 24.000 euros cada uno.

La sentencia anula el delito de alzamiento de bienes al considerar que no hay méritos para estimar que fuera cometido y entiende además que no concurre una de las agravantes del de estafa, el referido a haber cometido el delito aprovechando el crédito empresarial o profesional de la familia y abusando de las relaciones personales entre víctima y defraudador.

El Supremo entiende que la supuesta relevancia empresarial de la familia Ruiz-Mateos "no parece que fuera como incuestionablemente positiva", más bien al contrario pues "no faltarían indicadores de la suspicacia que en los medios del mercado podía suscitar el nombre y más, si cabe, la actividad económica de esa familia".

Por lo que, excluida tal notoriedad, la Sala cree que no se puede afirmar "que ese grupo de empresas gozara de la credibilidad que se le atribuye".

Los hermanos Ruiz-Mateos en el banquillo. Foto RTVE.

Según los hechos probados de la sentencia de la Audiencia de Palma -que el Supremo no cuestiona- los propietarios de los mencionados hoteles accedieron a venderlos "pensando en todo momento" que quien estaba detrás del Grupo Nueva Rumasa era la familia Ruiz-Mateos, que durante la negociación insistió en que el grupo "siempre cumplía sus obligaciones".

De hecho, los condenados ofrecieron garantías y avales "para ofrecer una imagen de aparente solvencia" que luego se descubrieron "totalmente ineficaces e ilusorios" porque los seis hermanos "carecían de patrimonio a su nombre" más allá de las nóminas de algunas sociedades del grupo.

La compra la formalizó en 2008 por Wersdale Trade España, una sociedad pantalla con sede en Belice, propiedad formal de José María Ruiz Mateos padre -ya fallecido- y real de la familia.

En ese momento, las empresas de Nueva Rumasa carecían de verdadera solvencia, y presentaban un alto nivel de endeudamiento. Finalmente, los seis hijos de Ruiz-Mateos cumplieron los pagos de los contratos de compraventa hasta abril de 2010 y dejaron una deuda a los accionistas de 46,45 millones de euros.

Una cantidad que con la que ahora deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria y en concepto de responsabilidad civil a 16 afectados en esta operación, con responsabilidad civil subsidiaria de las sociedades Clesa, Grupo Dhul, Carcesa y Wersdale Trade España.

En su sentencia, el Supremo mantiene la agravante de estafa en relación a la gravedad del perjuicio causado, que superó "con creces" el límite de 50.000 euros que rige actualmente la ley, y también el de 36.000, fijados anteriormente, por lo que, según el Código Penal, la estafa se considera "de especial gravedad".

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