Lo ha analizado a petición del propio Gobierno de Aragón

Competencia ve excesivas restricciones en la ley de casas rurales de Aragón

Publicada 13/11/18
Competencia ve excesivas restricciones en la ley de casas rurales de Aragón
  • La CNMC ha analizado el proyeccto de decreto sobre casas rurales de Aragón y considera que establece barreras a la nueva oferta
  • Competentencia no ve bien definitido si los prestadores sólo pueden ser empresas o también particulares
  • Las casas rurales existentes quedan inscritas de oficio, sin exigencia, mientras las nuevas deben cumplirlas

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha analizado, a petición del Gobierno de Aragón, el proyecto de decreto del Ejecutivo autonómico de ordenación y regulación de las casas rurales en Aragón y concluye que incluye excesivas restricciones que pueden perjudicar, sobre todo, a los nuevos establecimientos frente a los ya instalados.

En el documento, al que ha tenido acceso Efe, la CNMC se pronuncia sobre las implicaciones que la norma tendrá para la competencia efectiva y la regulación económica eficiente con el proyecto de decreto, en el que se regulan las casas rurales y su clasificación en espigas, del 1 al 5, y con tres modalidades: alojamiento compartido dentro de la vivienda familiar, casa rural por habitaciones o alquiler íntegro del inmueble.

Según el informe, los requisitos de la norma "incrementan los costes de acceso al mercado y el ejercicio de la actividad y pueden convertirse en barreras de acceso al mercado y distorsionar la competencia"

Se apunta que el proyecto es más intervencionista que el vigente e impone "requisitos estrictos para obtener una clasificación como casa rural que no están justificadas bajo razones de interés público", estándares que pueden implicar "una restricción de la oferta y una limitación injustificada de la competencia efectiva".

Y aluden a los mecanismos actuales de autorregulación a través de las plataformas de valoración de los usuarios o el suministro de mayor información a los clientes a la hora de contratar los servicios.

Hotel Rural Rincón del Cierzo, en Zaragoza.

La CNMC, además, reclama más claridad en los artículos del texto, ya que no queda definido si los prestadores son exclusivamente empresas o también pueden serlo particulares.

En cualquier caso, apuntan que admitir el alojamiento en vivienda familiar compartida "parece ser incoherente con la regulación de viviendas de uso turístico, que no admite tal modalidad", motivo por el que en su informe, la comisión sugiere unificar el criterio, con una regulación que contemple ambas posibilidades.

Discriminaciones y barreras

La exigencia de que la casa rural deba ser de tener "arquitectura tradicional" y estar ubicada en núcleos o asentamientos de menos de 2.000 habitantes "no se justifica adecuadamente en función de la organización territorial y social de Aragón" y, además, limita que distintos operadores puedan obtener la calificación de casa rural, lo que podría entrañar efectos discriminatorios.

En cuanto a los precios y reservas, la remisión a la normativa de desarrollo correspondiente, que ampara la posibilidad de recoger en guías oficiales o catálogos los precios, a título orientativo, de los alojamientos, podría propiciar la concertación de operadores, por lo que se recomienda su supresión.

Por otro lado, el régimen transitorio del reglamento favorece a las casas rurales existentes, ya que quedarán inscritas de oficio aunque no cumplan los requisitos de la nueva normativa cuando las nuevas deberán ajustarse a "unos requisitos más exhaustivo", lo que supone "una diferencia de trato en forma de ventaja competitiva injustificada".

La CNMC recomienda revisar este aspecto para evitar la discriminación, que supone una barrera de entrada.

La comisión recuerda que cuando las administraciones públicas elaboran normas que afectan a la actividad económica tienen que elegir la medida menos restrictiva y motivar su necesidad en la protección del interés público perseguido.

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