El Aeropuerto de Ciudad Real, listo para la subasta
Publicada 15/06/15
Los administradores concursales del Aeropuerto Ciudad Real han fijado una serie de condiciones para "favorecer" la participación en la subasta de sus instalaciones, prevista para el próximo día 19 de junio a las 11:00 horas, y entre las que figura la posibilidad de una opción de compra para hacerse con los terrenos industriales que completan el aeropuerto, algo en principio no contemplado. El precio indicativo para las instalaciones básicas es de 40 M € frente a los más de 1.100 M € invertidos en su construcción (ver: Fomento niega la licencia para operar al Aeropuerto de Ciudad Real que hoy se inauguraba).
Estas condiciones han sido establecidas por los administradores concursales en un escrito dirigido al Juzgado de lo Mercantil de Ciudad Real. De cara a la subasta de las instalaciones básicas, entre las que se mencionan la pista de aterrizaje, la torre de control y la sala de embarque, los administradores habían establecido una tasación en 40 millones de euros.
Para poder tener también una opción de compra para la zona industrial, partiendo de una aportación mínima del 70% del precio de subasta, 28 millones de euros, se plantean tres posibilidades: si la oferta en la subasta es por 28 millones de euros o más, para hacerse con los terrenos industriales el comprador deberá aportar 85 millones a los que se descontarán los 28 de la subasta. Si la oferta en la subasta es de entre 40 y 50 millones, los terrenos industriales se podrán adquirir por 80 millones, descontando los aportados en la subasta. Finalmente, si en la subasta se ofrecen más de 50 millones de euros, la opción de compra de los terrenos industriales se podrá adquirir a un precio de compra "a tanto alzado" de 30 millones de euros.
Los administradores concursales explican que proponen esta serie de posibilidades y condiciones para "favorecer" la presentación en la subasta "de las mejores ofertas posibles".
El derecho de opción de compra de los terrenos industriales se establece por 90 días y deberá ser notificado por el adjudicatario de manera personal en el Juzgado de lo Mercantil.
En esta fase, las cantidades que se establezcan deberán ser aportadas directamente por los adjudicatarios y, en el caso de la opción de compra, si no lo está a en su totalidad a la hora de ejercerse, deberá entregarse un aval por el 5 por ciento de la cantidad.
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