Primeras autorizaciones europeas de seguridad a aerolíneas de terceros países
Publicada 03/07/15
La Agencia Europea de Seguridad Aérea (EASA, por sus siglas en inglés) ha concedido este jueves las primeras autorizaciones de seguridad únicas a 22 aerolíneas de terceros países: Etihad Airways, Qatar Airways, Emirates, Oman Air, United Airlines, Delta Airlines, El Al Israel Airlines, Aeroflot, Aeroméxico, Qantas, Air New Zealand, All Nippon Airways (ANA), SunExpress, Japan Airlines (JAL), Korean Air, Orenburg Airlines (Orenair), Pegasus Airlines, Singapore Airlines, South African Airways, TAM, TAM Airlines, y las compañías de carga Nippon Cargo Airlines y MNG Airlines.
Estas autorizaciones, que son válidas en toda la Unión Europea (UE), certifican que las aerolíneas cumplen los estándares de seguridad aérea internacionales. El nuevo sistema de autorización no vale para las compañías nacionales, que siguen estando sujetas a la autorización de los Estados miembro.
"El nuevo régimen de autorización tiene un claro valor añadido europeo. Llevará la seguridad de los europeos un paso adelante al garantizar que los operadores de terceros países que vuelan a Europa cumplen los mismos estándares de seguridad, más elevados que los requeridos a los operadores europeos", ha explicado la comisaria de Transportes, Violeta Bulc, quien ha añadido que "el enfoque de 'ventanilla única' significa reducir la burocracia y el coste administrativo para las aerolíneas".
El director ejecutivo de la EASA, Patrick Ky, también ha asegurado que el nuevo sistema "aumenta más los estándares de seguridad que los pasajeros esperan" y ha avanzado que un total de 700 aerolíneas extranjeras de más de 100 países ya han solicitado la autorización del organismo para volar en la UE. La EASA aprobará más autorizaciones "en los próximos meses".
El objetivo del nuevo régimen de autorización es doble. Por un lado, reduce la carga administrativa y el coste para las aerolíneas al crear una ventanilla única en la EASA, que expide un documento único, en lugar de tener que recibir las autorizaciones de cada Estado miembro para poder operar en la UE y, por otro lado, contribuye al mantenimiento del nivel de seguridad aéreo elevado en Europa.
Exigencia a compañías de terceros países
Todas las aerolíneas de terceros países que quieran volar a la Unión Europea deberán contar con la autorización de la EASA como muy tarde en noviembre de 2016, en cumplimiento de la normativa comunitaria que entró en vigor en mayo de 2014 que establece los requisitos técnicos y los procedimientos normativos para las actividades de los operadores de terceros países.
La UE también cuenta con una Lista negra de compañías que no pueden volar en la UE y un sistema de inspecciones de seguridad de aviones extranjeros (SAFA, por sus siglas en inglés) como herramientas para impedir que aerolíneas de terceros no seguras vuelven el territorio comunitario.
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