Galicia aprobará la regulación de las viviendas vacacionales este primer trimestre
Habrá un plazo de adecuación de seis meses, por lo que no estará vigente este verano
Publicada 16/01/16Galicia aprobará en este primer trimestre del año la regulación de las viviendas vacacionales, que deberán dotarse de unos servicios mínimos como alquilarse completas, estar “suficientemente amuebladas”, tener calefacción en todas las dependencias, contar con un teléfono de atención 24 horas, servicio de asistencia y mantenimiento del inmueble, así como hojas de reclamación.
El presidente gallego, Alberto Núñez Feijóo, ha anunciado la remisión al Consejo Consultivo de la ordenación de los apartamentos turísticos, viviendas turísticas y viviendas de uso turístico, en el que la principal novedad es la creación de esta última categoría con unos requisitos mínimos.
Al término de la reunión semanal de su Ejecutivo, el presidente ha subrayado que esta norma y la creación de la categoría de viviendas de uso turístico pretende erradicar los problemas como el intrusismo, la competencia desleal y problemas asociados “con la fiscalidad y tributación. Habrá una factura con IVA porque si no, estaríamos ante una actividad no declarada”, ha señalado, si bien no se ha arriesgado a hacer una estimación de cuánto se podrá recaudar para las arcas autonómicas.
La nueva categoría engloba todos los domicilios particulares que se ofrecen para uso turístico. Sus propietarios deberán registrarlas en Turismo de Galicia y cumplir unas obligaciones, aunque éstas no entrarán en vigor, en principio, hasta dentro de seis meses, de forma que habrá margen para adecuar las instalaciones.
La previsión de Feijóo es que el texto esté aprobado en el primer trimestre del año, por lo que “no será fácil” que entre en vigor para el próximo periodo estival, aunque el reto es que el próximo sea “el último verano que no estén regularizados los inmuebles”.
Viviendas y apartamentos turísticos
En relación a las otras dos categorías ya existentes, las viviendas turísticas tendrán que cumplir requisitos más estrictos que las de uso turístico, como ser establecimientos unifamiliares aislados, no ofrecer más de 10 plazas y contar con las instalaciones adecuadas para conservar, elaborar y consumir alimentos, entre otras. Tampoco se podrán alquilar por habitaciones, ni podrán coincidir dentro de ellas usuarios que formalizasen diferentes contratos.
La tercera categoría es la de los apartamentos turísticos, que son los inmuebles integrados en bloques de pisos, chalets, bungalows o similares que están destinados en su totalidad al alojamiento turístico, sin ser residencia permanente.
Este nuevo decreto mantendrá la clasificación de los apartamentos turísticos en tres categorías: 1, 2 y 3 llaves. En caso de que la calidad de las instalaciones y servicios no sea uniforme, su categoría se determinará en función de la estancia de menor rango.
Feijóo ha subrayado que una regulación de este tipo se hace imperativa en el momento en el que cada vez son más los visitantes los que se sienten atraídos por Galicia. De hecho, ha recordado que hasta noviembre la Comunidad gallega “ha batido el récord histórico” de turistas, con más de 4,3 millones de visitantes. Además, la cifra de viajeros alojados en Galicia creció más de un 12%, casi el doble que la media estatal.
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