La liquidación del BSP será cada diez días en 2015
Publicada 24/07/13
Agencias de viajes y compañías IATA han llegado a un acuerdo en la última reunión de la APJC, por el que el sector ha conseguido otro balón de oxígeno y hacer que IATA renuncie a la implantación de la liquidación semanal del BSP. Será quincenal a partir de mayo de 2014 y cada 10 días a partir de mayo de 2015. No obstante, aquellas agencias que aporten más avales podrán seguir pagando mensualmente.
En este sentido, fuentes de la Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV) incide especialmente en esta posibilidad de pago mensual, y señala que “uno de los puntos más importantes del acuerdo para las agencias, radica en que desde la fecha de entrada en vigor del pago quincenal/decenal, aquellas agencias que cumplan los Criterios Financieros Locales, podrán seguir en pago mensual voluntario, aportando el aval correspondiente al diferencial de riesgo, que será de 15 días de producción en pago quincenal y de 20 en pago decenal”.
A este respecto, cabe recordar lo adelantado por este diario en mayo, cuando Eva Blasco, vicepresidenta de la Asociación Europea de Agencias de Viajes y Turoperadores (ECTAA) y adjunta a la vicepresidencia de Relaciones Internacionales de CEAV, adelantaba las intenciones de esta organización sectorial de agencias de intentar convencer a IATA de que renunciara al pago semanal y lo dejara en quincenal.
Las intenciones de bajar riesgos de cobro de IATA se vieron catapultadas por el default de 16 millones de euros que dejó la quiebra de Orizonia, que vinieron a precipitar las intenciones que ya tenía la asociación aérea de endurecer las condiciones del BSP.
Las agencias españolas, excepción mundial
Ahora, tras el acuerdo entre las agencias españolas e IATA, CEAV destaca que España “es el único país del mundo en el que se da esta opción a las agencias, así como que para muchas agencias será mucho más fácil cumplir los Criterios Financieros locales ya que éstos se han modificado a la baja”.
Sobre esta modificación CEAV indica que “para agencias no sujetas a rating, se permitirá durante un máximo de dos años consecutivos reportar pérdidas con un límite máximo anual de 15.000 euros o del 20% de sus fondos propios. Actualmente no se permite ni un euro de pérdidas, motivo por el cual más de 600 agencias de viajes se han visto abocadas a presentar un aval de 43 días de producción o a pasar a pago semanal, aportando un aval de 17 días”.
En cuanto a las agencias sujetas a rating, se han adaptado los umbrales de corte a la frecuencia de pago. 500.000 euros si es mensual; 325.000 si es quincenal; y 267.000 si es decenal”.
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