A la espera del concurso de acreedores por 50 M €

Qué debe hacer el hotelero ante la quiebra de LowcostTravel

Publicada 26/07/16
Qué debe hacer el hotelero ante la quiebra de LowcostTravel
  • El 1,24 millones de euros de garantía está reservado a las reclamaciones de los clientes finales compradores de paquetes (no de reservas hoteleras y otros servicios sueltos)
  • Los proveedores, con los hoteles a la cabeza (entre las agencias de viajes apenas hay afectadas), tendrán que esperar a la convocatoria del concurso de acreedores
  • Para prevenir es recomendable actuar en una doble dirección: el control preventivo y la transferencia de riesgos

Los hoteleros españoles, que son los máximos afectados por la quiebra del grupo LowcostTravel, y más en concreto de una de sus sociedades -Lowcostholidays Spain- con sede en Palma de Mallorca, están recopilando datos e información para valorar las deudas, de cara a presentar sus reclamaciones en el concurso de acreedores, todavía por convocar. Se estima en el sector que la deuda está alrededor de 50 millones de euros. Javier del Nogal, director general de Tourism&Law, explica los pasos a seguir.

Lowcostholidays Spain acumula la gran mayoría de la deuda pendiente de cobro por los hoteleros españoles. Esta sociedad la domicilió el turoperador británico LowcostTravel en Palma de Mallorca que era el principal destino de sus ventas. Por otro lado, cabe destacar que las garantías que exige el Reino Unido a un turoperador, mediante el sistema ATOL, se acerca a los 3,5 millones de libras, muy superior al 1,24 millones de euros que Lowcostholidays Spain tiene depositados en la administración balear.

Una cuantía depositada de modo voluntario y muy superior a la que exige la normativa española, que establece unos avales de 120.000 o 180.000 euros para agencias mayoristas o mayoristas-minoristas, pero muy inferior a esos 3,5 millones de libras (más de 4 M €, a fecha de hoy, en un entorno de devaluación de la libra).

No obstante, ese 1,24 millones de euros de garantía está reservado a las reclamaciones de los clientes finales compradores de paquetes (no de reservas hoteleras y otros servicios sueltos), según se especifica en la Directiva europea relativa a los viajes combinados. Mientras que los proveedores, con los hoteles a la cabeza (entre las agencias de viajes apenas hay afectadas), tendrán que esperar a la convocatoria del concurso de acreedores.

Recopilar datos a la espera del concurso

A este respecto, Javier del Nogal, director general de Tourism&Law, despacho de abogados especializado en el sector turístico y que ya ha tenido que intervenir en la mayoría de las quiebras que últimamente han afectado al sector (y que actualmente está asesorando a la asociación hotelera CEHAT) en el caso de Lowcostholidays aconseja a los hoteleros afectados que “lo primero es hacerse una ‘composición de lugar’. Es decir: qué reservas tengo afectadas, por parte de cuál de las empresas del grupo han venido, cuánto importe tengo impagado y resulta líquido, vencido y exigible a estas empresas”.

Todo ello debe documentarse, unos datos que “normalmente estarán en tablas Excel (con los documentos de confirmación, facturas, el contrato, en su caso, etc.). Habrá que chequear, también, qué IVA está comprometido para poder tramitar la correspondiente devolución ante la AEAT. Una vez lo anterior, hay que estar especialmente atentos a los Boletines en los que se publique el concurso y comunicar el crédito en plazo, para lo que recomendamos el asesoramiento profesional de un despacho de abogados especializado”.

En cuanto a la reclamación a las otras empresas de LowcosTravel (Lowcosttravelgroup LTD, Hoteling.com y Lowcostbeds), con sede en el Reino Unido, Del Nogal señala que “la reclamación de créditos resultará mucho más difícil y costosa. De momento, nuestra recomendación es seguir enviando las reclamaciones al cauce establecido por el grupo en sus comunicados, si bien tarde o temprano habrá que estar igualmente atentos a lo que desde fuera de España se vaya resolviendo en los procesos iniciados en cada una de esas empresas”.

El director de de Tourism&Law añade que “lamentablemente ya estamos conociendo informaciones al respecto, al parecer provenientes del Administrador que se ha hecho cargo de los procesos de quiebra, Smith Williamson, asegurando que las cantidades a percibir en concepto de indemnización por los reclamantes serán muy pequeñas. Creo que esto no debe tenerse demasiado en consideración ya que puede tratarse de una estrategia dirigida a ‘desincentivar’ a los posibles acreedores en el ejercicio de sus legítimos derechos e intereses. Muy al contrario recomendamos ‘pelear’ por lo que a cada uno le corresponde, llegando, incluso, a valorar el ejercicio de acciones contra los propios Administradores, si se pudiese acreditar su responsabilidad directa en la generación de la situación de insolvencia”. Si bien la gran mayoría de la deuda dejada a los hoteleros españoles es de la mencionada Lowcostholidays Spain con sede en Palma.


Cómo cubrirse de los riesgos de una quiebra

Ante esta situación, y los afectados que pueda dejar como ha ocurrido en otras quiebras (algunas de las cuales generaron a su vez la quiebra de otros proveedores), Javier del Nogal recomienda a los proveedores, y hoteleros en especial que “actúen en una doble dirección: el control preventivo y la transferencia de riesgos. En el primer punto, el control preventivo, deben contar con un correcto asesoramiento jurídico que les permita negociar sus contratos con clientes y proveedores en las mejores condiciones, determinando la responsabilidad de las partes con claridad en cada supuesto y, en la medida de lo posible, estableciendo garantías de cumplimiento que sean suficientes y fácilmente ejecutables”. Además, deben asegurarse que los procedimientos de control de solvencia de sus clientes funcionan y utilizar empresas expertas en este tipo de información. Si, además, para todo ello se rodean de sociedades especializadas en el sector turístico, aún mejor”.

Respecto de la transferencia de riesgos –continúa-, hoy en día hay soluciones aseguradoras muy potentes y que permiten un control de estas situaciones casi al 100%: desde seguros para garantizar los impagos hasta Garantías Antiquiebra en las pólizas de Responsabilidad Civil o en los seguros de viaje que incorporan a su programación, pasando por avales o seguros de caución que garanticen las operaciones mercantiles de cierta importancia (reserva de cupos hoteleros, por ejemplo)”.

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