Sindicatos y patronal firman el convenio laboral de agencias de viajes
Publicada 28/09/16
- El nuevo convenio incluye un aumento salarial para los agentes del 4%, repartido en tres años. El 1% para 2016 con efecto retroactivo, así como un 1,5% para 2017 y 2018
- El convenio contempla nuevos permisos y licencias que serán retribuidos
- Las excedencias por cuidado de hijos y de familiares se amplía la reserva del puesto de uno a dos años
Tras ochos meses de negociaciones y uno de ajustes del texto, la Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV) y la Representación Sindical (SPV, UGT y CCOO) han firmado el Convenio Colectivo Estatal de Agencias de Viajes, del que ya habían suscrito un preacuerdo hace un mes y medio, que incluye una subida salarial del 4% en tres años.
Dicho convenio, que ahora tendrá que ser registrado y publicado por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, tendrá una vigencia desde su publicación en el BOE (salvo las retribuciones que tienen efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2016) hasta el 31 de diciembre de 2018, tres años.
El nuevo convenio incluye un aumento salarial para los agentes del 4%, repartido en tres años. El 1% para 2016, así como un 1,5% para 2017 y 2018. Con respecto a la fecha desde la que se aplicará el incremento salarial, se ha acordado que sea el 1 de enero de 2016. En este sentido, los empresarios tendrán de plazo máximo para abonar los atrasos hasta el 31 de diciembre de 2016.
Por otra parte, el convenio contempla nuevos permisos y licencias que serán retribuidos y que son los siguientes, según explica CEAV: “Para el cumplimiento de deberes públicos -acudir al notario, la renovación de permisos de trabajo, residencia, pasaporte, etc-”. “Para consultas médicas o pruebas diagnósticas del propio trabajador/a. Hasta 3 veces al año”. “Para acompañar a descendientes en edad pediátrica y a ascendientes dependientes, a cargo del trabajador, a consultas médicas o pruebas diagnósticas. Hasta 3 veces al año”. Y “para el examen del carnet de conducir”.
CEAV también destaca que en las excedencias por cuidado de hijos y de familiares se amplía la reserva del puesto de uno a dos años, y que el seguro de accidente sube el capital de la póliza a 30.000 euros para los casos de muerte o invalidez permanente absoluta derivados de accidente y se sustituye la ayuda por defunción por un seguro de vida por 9.000 euros.
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