Aptur Baleares pide contabilizar sólo viviendas con "servicios turísticos"
Publicada 08/10/16
- De las 120.000 plazas que calcula Aptur en Baleares, considera que la mayoría no se podría considerar vivienda turística
- El techo de 45.000 plazas se estableció en 1999, pero eso no indica que vaya a ser el límite establecido con la nueva regulación
- La Conselleria actualmente está desarrollando la última ronda de consultas con los actores implicados
La Asociación de Apartamentos y Viviendas de Alquiler de Temporada Aptur Baleares ha pedido que sólo se considere vivienda vacacional aquella que ofrece servicios turísticos de cara a la legislación que prepara el Govern Balear al respecto.
Según la asociación, la mayor parte de las viviendas catalogadas como vacacionales en la islas, "no presta servicios turísticos" y por tanto no tendría que acogerse a la normativa que se cree para este tipo de alojamiento ni estar, por tanto, sometida a los límites que el ejecutivo balear plantea para las viviendas turísticas.
Aptur defiende que las en torno a 120.000 plazas que calcula existen en Baleares en cuanto a alquiler temporal, la mayoría no tendría que entrar en la regulación específica si no incluyen servicios como el de la limpieza diaria que estaría dentro del concepto turístico. " El propietario lo alquila durante un determinado periodo de tiempo, no tiene por que ser necesariamente a un turista", indican a este diario fuentes de la asociación, pero puede ser a alguien que se traslada temporalmente por una cuestión laboral, un viajero de negocios u otros motivos. Considera que en tal caso el propietario tendría que someterse a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
Luego, indica Aptur, también está en el debate el hecho de que se establecería un tiempo mínimo de tiempo para ser considerado turístico, lo que aún está por definir. Como recogió esta misma semana HOSTELTUR noticias de turismo en Diferencias entre las regulaciones de viviendas turísticas de 12 CCAA, las CCAA que ya han legislado sobre esta materia difiere mucho de unas a otras en el tiempo límite por estancia, que oscila entre los tres meses de Madrid, los dos de Andalucía y Baleares y el mes de Aragón, Cataluña y Galicia, no existiendo límite en Valencia ni Canarias, donde se exige habitualidad y repetición.
Un techo existente desde 1999
Desde la Conselleria de Turismo de Baleares han explicado a este diario que el debate sobre el número de plazas que se pueda considerar dentro del alquiler vacacional y, por tanto, proceder a legalizar, está encima de la mesa. Esas 45.000 plazas que se mencionan no es un límite puesto recientemente sino que es un techo que existe desde 1999, cuanto de estableció por primera vez el sistema de Bolsa de Plazas, dentro el que se produce la compra y venta de las plazas disponibles. Desde entonces existe este 'techo', que es dato correspondiente sólo a Mallorca. Lo que no quiere decir que vaya a ser el establecido por el nuevo decreto.
La Conselleria señala que actualmente está desarrollando la última ronda de consultas con los actores implicados -consells insulars, patronales como FEHM o Aptur, entre ellos- y en breve procederá a publicar un documento que funcionará como borrador de la ley para la regulación.
En este sentido y, respecto de la consideración de ese elemento de si se ofrecen o no servicios turísticos, el Govern dice que es otro aspecto del debate, que se está intentando consensuar con todos los actores, pero no hay nada cerrado.
Prohibición en Ibiza
Aptur ha emitido este viernes un comunicado en relación a la la intención planteada por el Ayuntamiento de Santa Eulalia (Ibiza) en el sentido de prohibir los pisos de uso turístico en zonas residenciales del municipio. El anuncio ha sido realizado por el alcalde de esta localidad durante la celebración de un pleno ordinario.
"La voluntad restrictiva y limitadora del equipo de gobierno de Santa Eulalia choca frontalmente con el derecho a la propiedad, y con la legislación autonómica y estatal, empezando por la propia Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU)", indica la asociación. "Por eso, desde Aptur Baleares estamos firmemente convencidos de que las Normas Subsidiarias que debe aprobar este municipio tendrán, al menos en este punto, un muy escaso recorrido, como demuestra también la jurisprudencia que en tal sentido existe ya en tribunales europeos y en diversas sentencias dictadas por los tribunales superiores de justicia de varias comunidades autónomas".
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