Un mes para presentar alegaciones al anteproyecto balear de alquiler
Publicada 19/12/16
- Con la publicación del texto se abre el plazo de 20 días hábiles durante el cual todos los ciudadanos pueden tener acceso al borrador e incorporar sus propuestas y sugerencias
- El texto modificará la ley de turismo y quiere "evitar un crecimiento ilimitado de la oferta que pueda provocar masificación turística", indicó el ejecutivo autonómico
- El anteproyecto suprime la excepciones en el intercambio de plazas que había hasta ahora y da potestad a las comunidades de propietarios para decidir si lo admiten
Desde este sábado y hasta el 17 de enero del próximo año se pueden presentar alegaciones al anteproyecto de la ley del alquiler turístico de Baleares, según ha informado la vicepresidencia y Conselleria de Innovación, Investigación yTurismo.
Como informó HOSTELTUR noticias de turismo en En Baleares sólo habrá alquiler turístico donde los vecinos lo admitan, el pasado lunes 12 de diciembre el Govern balear informó del inicio de la tramitación del anteproyecto de ley que regulará el alquiler turístico en Baleares. El texto modificará la ley de turismo y quiere "evitar un crecimiento ilimitado de la oferta que pueda provocar masificación turística", indicó el ejecutivo autonómico.
Con la publicación del texto se abre el plazo de 20 días hábiles durante el cual todos los ciudadanos pueden tener acceso al borrador e incorporar sus propuestas y sugerencias. Puede descargar el texto del anteproyecto al final de este artículo.
Entre las novedades figura que se suprimen la excepciones en el intercambio de plazas que había hasta ahora: todo el que quiera abrir un establecimiento turístico o comercializar estancias turísticas en una vivienda deberá adquirir las plazas en la bolsa insular correspondiente, siempre que haya disponibles.
Además, se prohibirán nuevas comercializaciones de estancias turísticas en viviendas ubicadas sobre suelo rústico y los consells insulars podrán incrementar esta protección.
Si los vecinos de la comunidad de propietarios no quieren que en el edificio en cuestión haya viviendas destinadas al alquiler turístico, no será posible su comercialización, y tampoco si los estatutos de la comunidad de propietarios lo prohíben expresamente.
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