La normativa no puede poner puertas al campo en la distribución turística
Publicada 03/02/17
- Las administraciones deben hacer un ejercicio de simplificación e intentar dotarse de mecanismos que faciliten la permanente adaptación de la normativa
- Ante la continua evolución tecnológica, da la impresión de que la normativa se queda atrás, y más que regular se dedica a parchear
- Uno de los principales retos al que se enfrenta el sector de las agencias de viajes, es la adaptación de la Directiva europea de viajes combinados
La distribución turística se está caracterizando en los últimos años por navegar sobre la espuma de una ola, a caballo de las constantes novedades de las nuevas tecnologías. Unas tecnologías que generan modelos de negocio que muchas veces se encuentran, si no al margen de la ley, sí en un limbo paralegal al que la normativa no llega con la suficiente rapidez para cubrir las garantías de los consumidores, y de los modelos ya establecidos, según se detalla en este reportaje de la Revista Hosteltur.Revista Hosteltur.
La continua evolución de las nuevas tecnologías incide directamente en los cambios de los hábitos de consumo. Ante esto, da la impresión de que la normativa se queda atrás, y más que regular se dedica a parchear, yendo a rebufo de esos cambios en un intento, que a veces parece más voluntarista que eficaz, de poner puertas al campo.
“La innovación y desarrollo de las nuevas tecnologías está comportando cambios sustanciales de los hábitos de consumo y planteado nuevos escenarios no previstos por las administraciones. Ello obliga a éstas a hacer un ejercicio de adaptación continuo de las regulaciones y normativas, lo que no es sencillo pues son tramitaciones largas que se demoran en el tiempo”, indica Marián Muro, directora general del grupo Julià y ex directora general de Turisme de Catalunya, que suma eso el hecho de que “son varias las administraciones con potestad regulatoria: la europea, la estatal, la autonómica, lo que complica aún más la adaptación”.
Por su parte, José Antonio Fernández de Alarcón, abogado en Monlexhispajuris y experto en normativa turística, coincide y añade que “sin duda, las nuevas tecnologías presentan una particularidad, y es la tremenda velocidad a la que se suceden los cambios y evoluciones. Se introducen prácticamente cada año conceptos nuevos como Big Data, Internet de las Cosas, etc. que además se moldean hasta transformarse en nuevas disciplinas”.
Resquicios legales
Pero por mucho que se intente aplicar normativas ante cada cambio en la distribución, hay resquicios que dejan claro que, en muchos casos, la primera medida del consumidor para verse protegido debe ser el sentido común. Y es que con Internet es más fácil vender viajes al margen de la ley. Se puede abrir un portal fuera de España para vender viajes a españoles sin necesidad de cumplir su legislación.
Algo que Muro considera “es inevitable. Cuando entró en vigor la normativa sobre libre circulación de servicios (Bolkenstein) se produjo un avance importante. No obstante, esa Directiva no preveía mecanismos eficaces entre los estados para hacer frente a supuestos de competencia desleal, intrusismo, etc. En la mayoría de casos, cuando un estado se dirige a otro solicitando su ayuda y colaboración para hacer frente a la actividad infractora de una empresa que opera en un país pero está domiciliada en otro, la respuesta es negativa. Este es un tema que está por resolver”.
También Fernández de Alarcón coincide en este tema: “Controlar esto es muy complicado. Habría que establecer controles por parte de las autoridades, ya que el número de empresas que operan en estos términos es muy elevado. Con ello nos referimos a aranceles, controles administrativos o cualquier otra forma de poner freno a la libre proliferación de actividades comerciales no reguladas. Así, en estos momentos la lectura de las condiciones de contratación es crítica. Debemos atender en especial a quién es el responsable final de ofrecer el servicio, determinar qué empresas intervienen en el contrato, qué legislación están aplicando tanto activamente como subsidiariamente y otras cuestiones relevantes”.
Ley Macron, no a la paridad de precios
Que las nuevas tecnologías afectan a todos los aspectos de la distribución tiene uno de sus exponentes en la paridad de precios que las OTA imponen a los hoteles. Una práctica que puede tener los días contados si la iniciativa francesa (Ley Macron) de acabar con la paridad se extiende por el resto de Europa y España.
Muro tiene claro que “hay que suprimir cualquier cláusula de paridad de precios en los contratos entre hoteleros y OTA. Los hoteleros deben tener libertad empresarial para ofrecer a sus clientes cualquier oferta o descuento que consideren oportuno. Como ves soy poco dada a limitaciones, salvo en casos que sea imprescindible”.
Fernández de Alarcón ve en esta ley un seguimiento de la tendencia de las resoluciones anteriores de tribunales y organismos de competencia alemanes. “Libera el negocio y evita una concentración que podría falsear la competencia en manos de las grandes OTA. Creo sin duda que esta tendencia se extenderá de modo definitivo por el resto de países europeos y no solo en beneficio del sector hotelero, sino también en beneficio de los consumidores”.
El reportaje completo se puede leer y descargar en este enlace.
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