ACAVE: “La desregulación de los agentes desprotege a los consumidores”
Publicada 06/02/17
- Un Proyecto de Ley propone modificar la Ley de Turismo de Catalunya, incluyendo la eliminación de la figura del agente de viajes
- La reforma abre la puerta a operadores sin garantías que puedan constituirse en agencia de viajes, según ACAVE
- ACAVE exige garantías para impedir la desprotección de los consumidores y desconoce los motivos de esta liberalización del sector pese haber mantenido una reunión con la Dirección General de Turisme
La Asociación Corporativa de Agencias de Viajes Especializadas (ACAVE) lamenta que Junts pel Sí y Ciudadanos no hayan dado apoyo a sus peticiones en las alegaciones presentadas al Proyecto de Ley de Medidas Fiscales, administrativas y financieras y del sector público 2017, que actualmente se encuentra en tramitación parlamentaria y propone modificar la Ley de Turismo de Catalunya, incluyendo la eliminación de la figura del agente de viajes.
Si bien Junts Pel Sí ha presentado alegaciones a fin que la definición de agente de viajes se recoja en la Ley de Turismo de Catalunya, la misma se trata de una definición que abre las puertas a que cualquier persona que organice servicios turísticos, disponga o no de garantías para la organización de viajes combinados, pueda denominarse agencia de viajes.
De aprobarse esta normativa se abrirá un nuevo escenario, único en todo el estado español y que causará graves perjuicios a los consumidores catalanes, pues cualquier persona que se dedique a organizar servicios turísticos de cualquier clase, sea desde un locutorio, desde su piso o desde cualquier otro lugar, podrá denominarse “agencia de viajes”, provocando un grave perjuicio y confusión ante los consumidores que tendrán dificultades para identificar si se trata de una empresa con garantías o no, y si por consiguiente puede organizar o comercializar viajes combinados o no.
Según Martí Sarrate, Presidente de ACAVe “la modificación propuesta de la figura del agente de viajes sólo dará lugar a un mayor incremento del intrusismo y a una mayor inseguridad jurídica y desprotección para el consumidor”. Actualmente, sólo pueden denominarse agencias de viajes las personas físicas o jurídicas que ofrecen la garantía de insolvencia para la organización y/o comercialización de viajes combinados establecidas en el marco de la Directiva europea de viajes combinados, y tienen que estar inscritas en el Registro de Turisme de Catalunya.
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