Plazo hasta el 16 de enero de 2013

Exigen al Gobierno el estudio de seguridad y riesgos previo a aumentar las horas a los controladores

Publicada 03/12/12
Exigen al Gobierno el estudio de seguridad y riesgos previo a aumentar las horas a los controladores

La diputada Ascensión de las Heras, portavoz de IU en la Comisión de Fomento del Congreso de los Diputados, ha pedido al Gobierno los estudios de seguridad y evaluación de riesgos funcionales que avalan las capacidades síquico físicas de los controladores con una jornada de 1.670 horas de trabajo y que debía haber realizado previamente a aumentársela desde las 1.200 horas, que es el estándar europeo. Asimismo, las autoridades tenían la obligación de negociar con los trabajadores de control el incremento de jornada, por lo que también solicita las actas de tal proceso.

Con esta solicitud, ahora el gobierno se ve obligado por el Congreso a entregar la documentación antes del 16 de enero de 2013, cuando se cumplirán los 60 días de plazo establecido por a ley desde la petición de documentos.

En cuanto al cambio de condiciones laborales, asimismo, ha solicitado actas u otro tipo de documentos que acrediten las consultas efectuadas a los controladores aéreos con anterioridad al 5 de febrero de 2010 cuando se les aumentó la jornada obligatoria desde 1.200 horas hasta 1.760 horas. Esta consulta sería obligatoria de acuerdo con el criterio de Eurocontrol, agencia europea para la seguridad de la navegación aérea, que considera como cambio funcional el de horarios y rotaciones de los controladores, por lo que "es perceptivo, por tanto, un proceso de consulta al trabajador, previo a la implementación de dichos cambios" (ver pdf solicitudes presentadas a la Mesa del Congreso de los Diputados).

La Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA), a través de una nota de prensa, ya ha dicho que las actas de negociacion no existen. Por otro lado, IFATCA (International Federation of Air Traffic Controllers’ Associations), la asociacion a nivel mundial de los controladores, ya advirtió que la carga impuesta a los trabajadores españoles carecia de estudios de seguridad.

Fuentes del sector de control aéreo señalan que ambos documentos son preceptivos para el Estado en base a la directiva laboral europea 89/391/CEE y la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. De no aportarlos el Estado, varios aspectos esenciales de la llamada "ley Blanco" quedarían derogados al no ser compatibles con la normativa europea, lo que prácticamente obligaría a derogar la ley.

Cambio de jornada

En una de sus comunicaciones al Gobierno, la diputada señala que el Gobierno ha aludido a que la práctica habitual en Europa es poder exigir a un controlador aéreo una jornada aeronáutica de 1.670 horas al año. “Sin embargo, los datos facilitados por el manual general de la asociación mundial de controladores aéreos IFTACA difieren sustancialmente de tal información. La información disponible indica que la mayoría de los países europeos compensan a los controladores aéreos a turnos con reducción de días de trabajo en fines de semana o de días de trabajo nocturno, lo que en la práctica imposibilita la imposición obligatoria de una jornada aeronáutica superior a las 1.200 horas”.

La carga de trabajo aeronáutico de los controladores aéreos en Europa ha sido fijada en torno a 1.200 horas, en base a estudios de seguridad, “pero desconocemos qué estudios de seguridad y evaluación de riesgos funcionales avalan las capacidades síquico físicas de los controladores sometidos a 1.670 horas de trabajo”, acota la diputada de IU. El Gobierno debía hecer estudios y pruebas de las condiciones síquico físicas de controladores de diferentes edades, tipos de control y en el entorno de esas 1.670 horas más 80 extras que les impusieron. Cabe recordar que un grupo de controladores estaba de acuerdo con hacer horas extras para suplir el déficit de estos profesionales en el país, pero había otro numeroso grupo que rechazaron hacerlas, dado que solo cada controlador sabe si está en condiciones de tomar una carga mayor de trabajo.

De las Heras agrega que la única información disponible al respecto proviene de IFTACA que ya afirmó en su momento que el sistema español carece de estudio de seguridad o aval alguno. “Las víctimas de accidentes también han llamado la atención sobre este particular, advirtiendo sobre el riesgo de que se vuelvan a producir accidentes aéreos en España”.

Las preguntas al Gobierno: “¿En qué se basa el Gobierno para afirmar que la jornada aeronáutica de 1.670 horas por controlador es un estándar europeo?” y “¿Qué estudio de seguridad y evaluación de riesgos funcionales posee el Gobierno para avalar las capacidades síquico físicas de los controladores aéreos sometidos a 1.670 horas de trabajo?”

Seis investigaciones a España

De las Heras, había solicitado inicialmente una valoración al Gobierno sobre la serie de investigaciones abiertas a España por el incumplimiento de la directiva europea sobre riesgos laborales, el aumento desproporcionado de la carga de horas y las medidas que el Gobierno piensa tomar para mejorar el sistema de gestión del tráfico aéreo en España.

Existen dos investigaciones abiertas por el Parlamento Europeo sobre quejas de trabajadores y colectivos contra Aena y el Ministerio de Fomento; otra investigación abierta por los servicios de prevención de la salud y seguridad en el trabajo de la Comisión Europea sobre presuntos incumplimientos de la Directiva (89/391/CEE), tras la denuncia presentada pro la asociación de controladores ATC Petition; denuncias de IFATCA, acusando a Aena de no considerar la seguridad aérea como elemento prioritario en sus políticas; denuncias de la asociación mundial de pilotos sobre las medidas empleadas por Aena y Fomento y recomendaciones de seguridad a adoptar por los pilotos; denuncia de la Asociación de Afectados del Vuelo JK5022 ante la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), relativas a carencias de seguridad del sistema de gestión del tráfico aéreo en España.

Por último, tras sugerencia de los servicios de empleo de la Comisión Europea (CE), se ha remitido a la Fiscalía General del Estado una queja para que se adopten medidas urgentes ante la aparición de una circular del Ministerio del Trabajo, de fecha 6 de agosto de 2010, en cuanto a los criterios a seguir en el caso de los controladores aéreos, en relación a la aplicación de la directiva 89/391/CEE a estos trabajadores. En este punto, se refiere en concreto, a la circular exceptuando a Aena de la aplicación de la directiva europea en el caso de los controladores.

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