Edad límite para los pilotos comerciales en la UE: los 65 años
Publicada 06/07/17
- Así lo ha confirmado el TJUE al emitir opinión sobre el caso de un comandante de aeronave que trabajaba para Lufthansa, a quien la aerolínea alemana cesó
- Los jueces europeos reconocen que es innegable que las capacidades físicas necesarias para ejercer la profesión de piloto disminuyen con la edad
- El titular de una licencia de piloto que haya cumplido 65 años solo podrá tripular vuelos en vacío o de traslado o ejercer como instructor y/o examinador a bordo de una aeronave, siempre que no forme parte de la tripulación de vuelo
Los 65 años son el límite de edad válido, establecido en la legislación comunitaria para los pilotos en el transporte aéreo comercial, según ha confirmado este miércoles el Tribunal de Justicia Unión Europea (TJUE) al emitir opinión sobre el caso de un comandante de aeronave y formador que trabajaba para Lufthansa, a quien la aerolínea alemana cesó y se negó a emplear a partir de octubre de 2013 debido a que había cumplido la edad establecida como límite por la UE.
El afectado estimó que el límite de "edad controvertido" constituía una discriminación por razón de edad y vulneraba la libertad profesional y consideró que era contrario a la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.
Los jueces europeos reconocen que es innegable que las capacidades físicas necesarias para ejercer la profesión de piloto disminuyen con la edad.
El límite de "edad controvertido" permite excluir que la disminución de las capacidades físicas después de los 65 años sea la causa de accidentes, "sin que ello vulnere el principio de proporcionalidad".
El Tribunal precisa que el límite de edad en cuestión sólo se aplica al transporte aéreo comercial, por la mayor complejidad técnica de las aeronaves utilizadas y un mayor número de personas afectadas que en el transporte aéreo no comercial. Recuerda asimismo que las normas internacionales establecen el mismo límite de edad.
Los jueces también precisan que no se prohíbe al titular de una licencia de piloto que haya cumplido 65 años participar en la tripulación de vuelos en vacío o vuelos de traslado, en el marco de la actividad comercial de una aerolínea en los que no se transporten ni pasajeros, ni carga, ni correo.
Tampoco impide ejercer como instructor y/o examinador a bordo de una aeronave, siempre que no forme parte de la tripulación de vuelo.
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