Baleares multará a las web que oferten viviendas turísticas ilegales
Publicada 17/07/17
- Las autoridades baleares han advertido de que podrán ser sancionados con multas de 400.000 euros a los que no tengan licencia
- La publicidad de alojamientos turísticos tiene que incluir el número de inscripción expedido por el govern para las viviendas autorizadas
- La ley declara responsables de las infracciones relacionadas con la comercialización de estancias turísticas en viviendas ilegales tanto a los propietarios como a los posibles explotadores e intermediarios a través de cualquier tipo de soporte
El Govern balear ha advertido a las páginas web y plataformas digitales dedicadas al alquiler vacacional de que si alquilan viviendas turísticas sin la licencia obligatoria podrán ser sancionadas con multas de hasta 400.000 euros.
En una carta, la directora general de Turismo, Pilar Carbonell, informa a las principales plataformas digitales del sector de que cuando entre en vigor la ley, que previsiblemente aprobará el Parlament balear el próximo martes, se perseguirá como "oferta ilegal y actividad clandestina la publicidad y comercialización de viviendas" que carezcan de autorización para su uso turístico.
"A día de hoy, esta licencia únicamente se puede obtener para viviendas unifamiliares aisladas o pareadas", recuerda el govern en un comunicado.
La reforma de la Ley de Turismo impulsada por el ejecutivo balear establece que cualquier publicidad de alojamientos turísticos tiene que incorporar el número de inscripción expedido por el govern para las viviendas autorizadas para ser arrendadas por turistas.
"La nueva ley declara responsables de las infracciones relacionadas con la comercialización de estancias turísticas en viviendas ilegales tanto a los propietarios de los inmuebles como a los posibles explotadores e intermediarios a través de cualquier tipo de soporte", incide.
En su carta, Carbonell detalla a los responsables de las web y agencias dedicadas al alquiler de viviendas que se considerará infracción muy grave el arrendamiento sin licencia, un grado de incumplimiento que comporta multas de hasta 400.000 euros.
La ley define "canal de oferta turística" como "todo sistema mediante el cual las personas físicas o jurídicas, directamente o a través de terceros, comercialicen, publiciten o faciliten, mediante enlace o alojamiento de contenidos, la reserva de estancias turísticas en viviendas, bien sea por plazos de días o semanas".
El govern se congratula en su escrito de que, cuando se apruebe la nueva norma, "dispondrá por primera vez de medidas efectivas para perseguir y sancionar la oferta ilegal de alquiler turístico en edificios plurifamiliares".
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