Un libro blanco para agencias responde a 50 preguntas de viajes combinados
Publicada 20/07/17
- El objetivo del libro es dar respuestas a las principales cuestiones surgidas en la venta de estos viajes organizados
- El libro, de 26 páginas, está articulado en seis capítulos que suman un total de 50 preguntas y respuestas
- El libro deja claro que legalmente las agencias tienen la exclusiva de la venta de viajes combinados
El equipo de Legal Travel, compuesto por abogados especializados en el sector turístico, ha elaborado, con la colaboración de HOSTELTUR, el ‘Libro blanco de las agencias de viajes’, en el que da respuestas legales sobre la oferta, contratación y venta de viajes combinados, según se puede ver en el documento.
Según Legal Travel, el objetivo del libro “es poner a disposición de nuestros clientes una guía básica y gratuita, con el fin de que tengan al alcance de su mano las respuestas a las principales cuestiones surgidas en la venta de estos viajes organizados”.
El libro, de 26 páginas, está articulado en seis capítulos que suman un total de 50 preguntas y respuestas. La primera pregunta es “¿Cuándo estoy vendiendo un viaje combinado?”, a lo Legal Travel responde que “Es un viaje combinado cuando está constituido por la combinación con carácter previo de, como mínimo, dos de los siguientes elementos: Transporte (por ejemplo: billete de avión, de tren…); Alojamiento (por ejemplo: establecimientos hoteleros, apartamentos turísticos…); Servicios turísticos (que no sean accesorios al transporte o alojamiento proporcionados, por ejemplo: una excursión, y siempre que supongan una parte significativa del viaje combinado) Además, tiene que ser vendido u ofrecido para la venta con arreglo a un precio global y debe sobrepasar las 24 horas o incluir una pernoctación”.
Y la respuesta a la segunda pregunta deja clara la exclusividad que tienen las agencias para la venta de los viajes combinados: “¿Puedo vender u ofrecer para la venta viajes combinados sin necesidad de estar constituido como agencia de viajes?”. La respuesta es clara: “No, para poder vender u ofrecer para la venta viajes combinados es necesario que tengas la consideración de agencia de viajes legalmente constituida, en conformidad con las exigencias reguladas en la normativa administrativa. En este aspecto, debes tener en cuenta que los requisitos y procedimientos para obtener dicha licencia podrán variar en función de la comunidad autónoma en la que te constituyas”.
El ‘Libro blanco de las agencias de viajes’ se puede ver y descargar en este enlace.
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