Adigital carga contra el plan de Hacienda para los pisos turísticos
Publicada 01/08/17
- Adigital ha presentado un documento de alegaciones al Proyecto de Real Decreto que prepara el Ministerio de Hacienda para obligar a las plataformas de pisos turísticos a entregar información sobre propietarios y huéspedes y evitar así el fraude fisca
- Advierte de que las propuestas del Ministerio de Hacienda atentan contra la normativa comunitaria y estatal vigente y la libertad de empresa, y suponen un freno a la innovación
- Considera, además, que el documento no tiene en cuenta la diversidad de modelos de plataformas existentes según el tipo de intermediación que realiza
La Asociación Española de la Economía Digital (Adigital) ha presentado un documento de alegaciones al Proyecto de Real Decreto que prepara el Ministerio de Hacienda para introducir nuevas obligaciones de información para las plataformas de alquiler vacacional que operan en nuestro país (Las plataformas colaborativas tendrán que dar los datos de los propietarios).
La asociación, que se encarga de promover y apoyar la economía digital en España, asegura que estas exigencias son contrarias “a la normativa comunitaria y estatal, así como a los principios del mercado interior y de unidad de mercado” e imponen “graves e injustificados obstáculos” a la libre prestación de servicios por parte de las plataformas digitales.
En la actualidad, las plataformas tipo Airbnb son consideradas Prestadores de Servicios de la Sociedad de la Información y se rigen por la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI) -que sigue las directrices marcadas por la Directiva de Comercio Electrónico y la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD)-. Según esta consideración, su actividad es meramente técnica y automatizada, lo que implica que no tienen conocimiento efectivo ni control sobre la información transmitida o almacenada en sus webs y aplicaciones.
El Proyecto de Real Decreto pretende, sin embargo, obligar a estas plataformas que intermedian en el alquiler de viviendas turísticas a proporcionar a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria información sobre sus usuarios (tanto quienes ofrecen una vivienda como quienes la alquilan) bajo la premisa de evitar el fraude fiscal. Se refiere a datos personales (nombre, apellidos, documento de identidad), referencias catastrales de los inmuebles, e incluso detalles sobre la duración de las estancias, el importe de cada alquiler o la naturaleza del intercambio cuando no exista contraprestación económica.
Contrario al actual marco normativo
Adigital asegura, por lo tanto, que las exigencias de Proyecto de Real Decreto son manifiestamente contrarias a la normativa que les es de aplicación. Es más, advierte de que la obligatoriedad de establecer mecanismos de monitorización de los contenidos y de posterior comunicación de los datos recabados a la Administración implicaría modificar un régimen de responsabilidad que, tal y como ha manifestado la propia Comisión Europea, ha impulsado el crecimiento de la Sociedad de la Información.
José Luis Zimmermann, director general de Adigital, explica: “Desde Adigital, consideramos que es muy importante respetar el régimen jurídico que la LSSI impone a estas plataformas digitales por varios motivos. Primero, porque responde a una realidad: los contenidos de las plataformas son aportados por terceros ajenos a las mismas. Segundo, porque tiene que ver con la propia naturaleza tecnológica de la plataforma, que se basa en una actividad automatizada y que hace que las plataformas no tengan ni conocimiento efectivo ni control sobre la información transmitida o almacenada. Y, por último, porque se ajusta a ciertos derechos fundamentales de los usuarios en Internet, como son la Ley de Protección de Datos o incluso el mantenimiento de la neutralidad de la red”.
Un mismo reglamento para varios modelos de negocio
Igualmente, Adigital advierte de que el borrador propuesto incluye bajo una misma categoría a todas las plataformas que intermedian en el mercado, que van desde las plataformas que se limitan a ser un portal de anuncios clasificados hasta plataformas que permiten servicios adicionales, perfeccionando la intermediación. En ningún caso, anota, el borrador tiene en cuenta esta diversidad de modelos existentes según el tipo de intermediación que realizan y la información que cada una recaba de sus usuarios.
Por otro lado, la Asociación Española de la Economía Digital estima que el Proyecto del Ministerio de Hacienda y Función Pública no respeta la obligación de los Estados miembro de comunicar a la Comisión Europea cualquier proyecto de reglamento relativo a los servicios de la sociedad de la información. Tampoco atiende, asegura, a los principios de proporcionalidad y regulación eficiente.
Las plataformas, motor de innovación
Hace un año, en el informe ‘Una Agenda Europea para la economía colaborativa’, la Comisión Europea aseguraba que las plataformas en línea han cambiado radicalmente la economía digital en las dos últimas décadas y desempeñan un papel fundamental en el futuro crecimiento económico de la Unión Europea. Estas plataformas, decía el organismo comunitario, se benefician de efectos de red y se apoyan en las tecnologías de la información para llegar a sus usuarios de forma instantánea y sin esfuerzo. Generan así nuevos mercados, empleos y fuentes de ingreso para los ciudadanos, más oferta y mejores precios para los consumidores, y contribuyen al uso eficiente de los recursos y los objetivos de sostenibilidad de la UE.
Para la Asociación Española de la Economía Digital, el Proyecto de Real Decreto contraviene estas recomendaciones de la Comisión Europea así como las de otras tantas instituciones —desde el Parlamento y el Comité de las Regiones comunitarios hasta la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC)—, vulnerando la libertad de empresa y comprometiendo la generación de valor que esta actividad ofrece.
En sus alegaciones, asevera: “La imposición de obligaciones tributarias injustificadas y desproporcionadas como las que se prevén en este Real Decreto –que implican unos trámites y procedimientos de imposible cumplimiento para las plataformas– supone una clara barrera de entrada al mercado que desincentivaría el emprendimiento y la entrada de nuevas compañías innovadoras que fomenten una mayor competencia, y perjudicaría a las plataformas que ya están operando –especialmente a las pequeñas– por imponer trabas administrativas de imposible cumplimiento”.
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