En marzo fue multada por el mismo motivo

Ryanair sigue dejando “ilegalmente” en tierra a pasajeros sin DNI o pasaporte

La low cost se niega a reconocer la legislación española

Publicada 14/07/11
Ryanair sigue dejando “ilegalmente” en tierra a pasajeros sin DNI o pasaporte
  • La compañía fue multada con 1.469 euros el pasado mes de marzo por no dejar viajar a un menor de tres años –acompañado de sus padres- por no tener DNI.

La organización de consumidores Facua está alertando de que la aerolínea Ryanair sigue dejando “ilegalmente” en tierra a pasajeros sin DNI o pasaporte, a pesar de que cuenten con otra documentación válida para vuelos nacionales, con lo que está vulnerando el Plan Nacional de Seguridad Aérea.

La asociación denuncia que la low cost “acumula reclamaciones de pasajeros, que tienen derecho a compensaciones económicas más el pago del nuevo billete y los gastos adicionales por estas irregularidades”. Entre los denunciantes figuran familias con niños “a los que Ryanair no permitió volar pese a que la legislación española permite a los menores de 14 años que viajen acompañados acreditar su identidad mediante el libro de familia, documento que la aerolínea rechaza", asegura Facua.

Desde Facua se recuerda que el Plan Nacional de Seguridad Aérea, de obligado cumplimiento para todos los vuelos con origen y destino en España, “reconoce como documentación válida los documentos de identidad expedidos en cualquier país de la UE, el pasaporte, el carné de conducir español y el permiso de residencia en España o alguno de los Estados Schengen”.

Se niega a reconocer la normativa española

La compañía irlandesa "se niega a reconocer la normativa española argumentando que se rige por sus condiciones internas", apunta Facua. Por ello, Ryanair "no acepta como documentos válidos los permisos de conducir, las tarjetas de residencia" ni "los libros de familia".

El Instituto Nacional del Consumo (INC), dependiente del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad ha solicitado a la Fiscalía General del Estado que actúe contra Ryanair por estas prácticas.

La compañía fue multada con 1.469 euros el pasado mes de marzo por no dejar viajar a un menor de tres años –acompañado de sus padres- por no tener DNI. El auto del Juzgado de lo Mercantil Nº 9 de Barcelona, señaló en su momento que la línea aérea debe pagar 269,94 euros en concepto de devolución del precio de los billetes, y 400 euros por pasajero en concepto de compensación económica por la denegación "indebida" del embarque, al no haber admitido como válido, en un vuelo nacional, el Libro de Familia.

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Comentarios 2
Avatar kimpowells30 kimpowells30 hace 4 años
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Avatar Jan Jaroszynski Jan Jaroszynski hace 13 años
Al parecer hay una confusión en cuanto a la documentación minima necesaria para ser admitido en un vuelo nacional en España. Digo esto por experiencia propia y no precisamente con FR sino con VY hace tres meses.En un mismo día hice por AVE MAD-BCN y SVQ-MAD y entremedias por avión BCN-SVQ. Aquella mañana olvidé en casa los billetes (físicos) de tren y mi pasaporte (británico) que tenía en el mismo estuche de billetes que entrega la Renfe cuando vende por ventanilla. La Renfe me dejó embaracar en los dos viajes sin pega alguna al poder acreditar quién era con el resguardo de los billetes (prueba de compra), la tarjeta de crédito usada para comprar los billetes y el carnet (no libro de familia) plastificado de familia numerosa que poseo presentado durante la compra. Pensé en función de esto que con VY no habría luego problema al poder presentar este último documento (empleado en la reserva de VY), la tarjeta de crédito usada para la compra y mi carnet de conducir (emitido en Reino Unido) plastificado con foto mía. Es decir, este último documento constituye un "photographic ID document" que en las páginas web de varias low cost es aceptable para vuelos NACIONALES así como pasaporte o DNI. En El Prat durante la facturación VY no puso tampoco pega alguna. Es más, cuando el agente pidió mi DNI o pasaporte y le dije que no tenía este último pero que podía presentarle mi carnet de conducir, su contestación fué "OK , al ser vuelo nacional no hay problema". Mi sorpresa llegó en la puerta de embarque. Ahí, lo dos agentes de VY se negaron a dejarme embarcar alegando que "AENA exige o pasaporte o DNI ". Les conté el motivo de por qué no tenía el pasaporte pero siguieron insistiendo "el carnet de conducir no vale como alternativa al DNI o pasaporte". Al final, no tuve más remedio que decir que si así era, por qué el compañero de facturación me permitió facturar en primer lugar alegando que siendo vuelo nacional, sí valía el dichoso carnet de conducir. "Pues ha cometido un error" fue la respuesta de los dos agentes de VY. Al final, tras nuevo forcejeo me dejaron embarcar ..."por esta vez que pase pero sepa que deberíamos denegarle el embarque". Ahora pregunto, ¡¿alguien puede decirme quién lleva la razón?! ¿AENA y los dos agentes "difíciles" de VY ó bien el "agente bueno de VY" y yo? ¿Es cierto que AENA tiene una normativa al respecto para vuelos nacionales y que no admite un carnet de conducir aún llevando photo del titular? Gracias.