​Las agencias no pueden controlar los precios

Recurso de CEAV contra el CORA por las tarifas aéreas

Publicada 22/01/18
Recurso de CEAV contra el CORA por las tarifas aéreas
  • CEAV destaca que no se debe establecer como criterio de adjudicación las tarifas aéreas ya que es un contrato de servicio de agencias de viajes y no de transportista
  • Además, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) incumple también el Principio de Igualdad de Trato
  • El concurso prima a las agencias que pertenezcan al mismo grupo empresarial que una línea aérea

La Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV) ha presentado un recurso especial contra el Contrato Centralizado de Servicio de Agencia de Viajes de la Administración General del Estado (CORA). La patronal considera que no se puede pedir a una agencia que fije precios aéreos.

Asimismo, CEAV también denuncia que se prime a agencias integradas en grupos que tengan también compañía aérea (caso de Globalia), por estimar que se discrimina a otras empresas de distribución.

El recurso lo ha presentación CEAV ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales alegando que la licitación “incumple el principio de igualdad de trato y supone inseguridad jurídica y falta de transparencia” en relación con la política de ahorro que persigue la Administración, entre otras deficiencias en los criterios de adjudicación.

Sobre un total de 100 puntos como puntuación máxima, el concurso se asigna 75 a los criterios de adjudicación evaluables mediante fórmula; de éstos, 50 puntos corresponden a precios ofertados en vuelos. Además, para cada uno de los distintos lotes se determinan los precios máximos correspondientes a los vuelos de ida y vuelta con un origen y un destino determinado, asignando un peso determinado en relación al total de los vuelos correspondientes al mismo lote. Es causa de exclusión, ofertar precios superiores a los determinados en el pliego.

Desde CEAV se destaca en el recurso que la fluctuación de precios es especialmente relevante en el trasporte aéreo, ya que el precio de cada billete es fijado por la compañía aérea en cada momento en función de determinadas variables que evolucionan continuamente, tales como demanda de la ruta, horarios, capacidad del avión, cobertura concreta de las plazas de un determinado vuelo, coste del combustible, precios de referencia en la competencia etc.

En este contexto, para Mercedes Tejero, Gerente de CEAV, “las agencias de viajes actúan como intermediarios entre las compañías transportistas y el cliente final, por lo que no puede determinar un precio fijo para un billete en una determinada ruta y que, además, se mantenga invariable durante los dos próximos años de duración del contrato”. Por este motivo, desde CEAV se entiende que no se puede establecer como criterio valorativo el precio del trasporte, ya que estamos ante un contrato de servicio de agencias de viaje, no ante un contrato de servicios de transporte.

Discriminatorio

Por otro lado, añade CEAV, en este contexto de fluctuación de las tarifas aéreas y aunque las agencias de viajes pueden tener cierto poder de negociación con las distintas compañías aéreas, con carácter general, no tienen capacidad de establecer el precio fijo de un billete para los próximos dos años, salvo que: (1) tengan una especial vinculación con una determinada compañía aérea, por pertenecer al mismo grupo de integración vertical, o (2) realicen ofertas casi aleatorias para fijar los precios, conducta que a largo puede resultar temeraria.

En el primero de los casos, el contrato primaría a las agencias que pertenezcan al mismo grupo empresarial que una línea aérea ya que, en este supuesto, puede tener control directo sobre los precios del transporte aéreo y en consecuencia aplicar unas tarifas muy ventajosas a las que no tendrían acceso el resto de agencias de la competencia.

Para Mercedes Tejero “éste es el caso de Globalia adjudicataria del anterior concurso para la prestación de servicios de Agencia de Viajes para Administración General de Estado a través de su agencia Viajes Halcón. Dentro de este grupo empresarial se integra, además de Viajes Ecuador, la Compañía Aérea Air Europa, que con la alianza estratégica internacional Sky Team cubre casi todas las rutas aéreas mencionadas en el PCAP”.

Sobre el contrato del CORA cabe recordar lo publicado por este diario:

Las agencias se preparan para competir con Halcón por los viajes del CORA

El CORA pagará un 23% más a las agencias que ganen el concurso

CWT renuncia al CORA por las mismas razones que Ávoris

Los lotes 1 y 5 del CORA suman casi el 60% del contrato

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