Aena no vulneró los turnos de trabajo de los controladores, según la Audiencia Nacional
Publicada 11/12/13
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha fallado a favor de Aena Navegación Aérea ante la denuncia interpuesta por la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) relacionada con los ciclos de trabajo y de descanso.
Según refiere Aena en un comunicado, el enfrentamiento deriva de la entrada en vigor del Laudo que puso fin a la negociación del II Convenio Colectivo Profesional de los controladores de tránsito aéreo, donde comenzaron las diferencias respecto a los turnos de trabajo.
"El sindicato de controladores entendía que la programación ocasional por parte de la empresa de turnos de seis días de trabajo más dos de descanso eran ilegales e incumplían lo dispuesto en el Convenio y, por tanto, interpusieron una denuncia en la Audiencia Nacional para que la empresa dejase de programar dichos ciclos de trabajo", explica el gestor aeroportuario.
Después de analizar y escuchar a ambas partes, la Audiencia Nacional ha fallado a favor de Aena Navegación Aérea y así lo refleja en la sentencia donde dictamina que Aena no ha incumplido en ningún momento el Convenio Colectivo de los controladores aéreos al programar estos ciclos de trabajo como turnos de refuerzo para atender el tráfico aéreo en los períodos de máxima actividad aeronáutica y garantizar el servicio a los usuarios. Asimismo la sentencia reconoce el cumplimiento por parte de la empresa de los periodos de descanso sujetos a la normativa.
"Por último, cabe recordar que Aena Navegación Aérea presta un servicio público que garantiza un derecho fundamental como es el libre movimiento de las personas y la conectividad de los ciudadanos y su objetivo es garantizar que el tráfico aéreo en España se mueva con seguridad, fluidez y con los máximos niveles de calidad de servicio", afirman desde Aena.
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