Competencia advierte al Gobierno sobre la norma de alquiler turístico
Publicada 21/03/18
- La CNMC ha enviado al Gobierno un requerimiento por el que pide la modificación de la norma que obliga a los intermediarios de alquileres turísticos
- Se trata de un paso previo para evitar la interposición de un recurso contencioso-administrativo contra este real decreto
- Quienes deben proporcionar la información podrían verse obligados a soportar una carga que restringiría la competencia
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha acordado remitir al Gobierno un requerimiento previo por el que pide la modificación de la norma que obliga a los intermediarios de alquileres turísticos a informar a la Agencia Tributaria. Ese requerimiento es un "paso previo" con el objetivo de evitar la interposición de un recurso contencioso-administrativo contra este real decreto, aprobado en diciembre, ha informado este martes la CNMC en un comunicado.
Como informó este HOSTELTUR noticias de turismo en Hacienda atará en corto a Airbnb a partir de julio, en diciembre el Ministerio de Hacienda anunció que exigiría a las personas o entidades constituidas como plataformas colaborativas que intermedian en la cesión viviendas con fines turísticos enviar a partir del 1 de julio de 2018 a la Agencia Tributaria una declaración informativa sobre su actividad.
La normativa establece que los intermediarios, como las plataformas Airbnb o Homeaway, estarán obligadas a remitir trimestralmente a la Agencia Tributaria información sobre el titular de la vivienda y las personas o entidades arrendatarias, entre otras cuestiones para prevenir el fraude fiscal.
Para la CNMC, la normativa no aclara quiénes son los sujetos obligados a proporcionar información y apunta que si se trata de entidades que no participan en todas las fases de la transacción podrían verse obligadas a soportar una carga que restringiría la competencia.
También ve "innecesarios o desproporcionados" algunos datos requeridos como, por ejemplo, la identidad del titular de la vivienda cuando esta ha sido cedida o el número de días de uso, así como la obligación de conservar la documentación.
Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta
Inicia sesiónEsta noticia no tiene comentarios.