Oferta turística no convencional, ¿adivinas lo que es?
Publicada 06/04/18
- Recordemos el significado de la palabra "convencional": “Perteneciente o relativo al convenio o pacto”
- Los operadores "convencionales" están normalmente sujetos a unas normas muy estrictas
- Los hoteleros dicen que cada vez lo tienen más complicado para competir contra la oferta no convencional
Análisis/ Me animo a escribir este post con el propósito de poner un nuevo nombre (otro más) a ese fenómeno que -dependiendo de quién habla- se conoce como "economía colaborativa", "economía compartida", "P2P", "sharing economy", "economía sumergida", "alquiler vacacional", “alquiler turístico”, "transporte compartido", etc.
Así que yo también he decidido inventarme un nuevo nombre. Ahí va: "Oferta turística no convencional". Voy a intentar justificarlo a continuación.
En primer lugar, me inspiro en el concepto militar "armamento no convencional", que se refiere por ejemplo a armas de tipo artesanal (de menor coste, pero más imprecisas) usadas por fuerzas guerrilleras.
Aunque además del “armamento convencional” (tanques, aviones, fusiles, etc) también hay otras armas “no convencionales” muchísimo más inquietantes: las biológicas, nucleares y químicas.
Y no olvidemos el propio significado de la palabra "convencional": “Perteneciente o relativo al convenio o pacto”, según recoge el Diccionario de la Real Academia Española.
De hecho, todos hemos oído hablar de la "Convención de tal ciudad" o la "Convención de tal asunto", para referirse a ciertos acuerdos internacionales sobre los que previamente no existía una regulación común.
Operadores convencionales
En cualquier caso, ante la "oferta turística no convencional", están los operadores "convencionales", normalmente sujetos a unas normas muy estrictas.
Aunque gracias precisamente a ese marco legal estricto, estable y predecible en múltiples países, los actores “convencionales” pueden establecer lazos de cooperación entre ellos. Por ejemplo, para comercializar productos de terceros. Con lo cual, toda la industria gana.
Sin embargo, los actores turísticos "convencionales" se encuentran desarmados frente a los "no convencionales".
A pequeña escala, si tú operas una Casa Rural con todas sus sellos, licencias, controles, normativas de seguridad, etc, y el propietario de enfrente comienza a ofrecer su vivienda como “alojamiento rural” (sin permisos ni nada que se le parezca) está claro que -solo por una cuestión de costes- corres el riesgo de ser expulsado del mercado porque no podrás competir en términos de igualdad contra esa oferta no convencional.
A una escala mayor, los hoteleros de muchas ciudades sostienen que cada vez lo tienen más complicado para competir contra una oferta no convencional que se comercializa a través de plataformas globales como Airbnb, en la que también podemos encontrar alojamientos reglados.
Por tanto, mientras la supuesta "economía colaborativa" no esté sujeta a ninguna convención, tratado o acuerdo internacional de amplio alcance (para dirimir qué es legal y qué no lo es, fijar un tratamiento fiscal, etc) creo que durante mucho tiempo vamos a seguir hablando de la "oferta turística no convencional".
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