Madrid aprueba limitar a 90 días el alquiler de pisos turísticos
Será necesario solicitar una licencia de hospedaje si las viviendas se arriendan durante más tiempo
Publicada 21/03/19- La limitación se circunscribe a viviendas situadas en la 'almendra' central
- Para obtener la licencia de hospedaje los pisos deberán tener un acceso independiente para que vecinos y turistas no compartan entrada
- La corporación municipal quiere extender el hospedaje a otras zonas de la ciudad más allá de la 'almendra' central
La comisión de Desarrollo Urbano Sostenible del Ayuntamiento de Madrid ha dictaminado favorablemente este miércoles el plan de la alcaldesa, Manuela Carmena, para limitar a 90 días al año el tiempo máximo de alquiler de viviendas a turistas en el centro de la capital. La iniciativa, aprobada con los votos a favor de Ahora Madrid y PSOE y el rechazo de PP y Ciudadanos, afectará al 95% de los pisos de uso turístico, según ha vuelto a reiterar el delegado de Desarrollo Urbano Sostenible de Madrid, José Manuel Calvo.
El Plan Especial de Hospedaje (PEH), que entrará en vigor tras su aprobación definitiva en el Pleno municipal del 27 de marzo, limita a 90 días la posibilidad de alquilar una vivienda con fines turísticos sin permiso y a partir de ese plazo obliga a obtener una licencia de uso terciario de hospedaje.
Para obtener esta autorización, los alojamientos turísticos que compartan edificio con viviendas de uso residencial deberán tener en las zonas más saturadas un "acceso independiente", de forma que vecinos y turistas no compartan entrada, por lo que en la práctica será muy complejo instalar este tipo de usos en el centro.
El plan no diferencia las exigencias para la implantación de las viviendas de uso turístico de otras formas del uso de hospedaje, como pensiones, cuando se realicen en parte de un edificio residencial.
No obstante, las restricciones no afectan a toda la ciudad, sino únicamente a los barrios de la 'almendra' central, distribuidos en tres anillos concéntricos, con diferentes limitaciones en función de la saturación de alojamientos.
Limitación a la transformación en hoteles
Para la sustitución del uso residencial por uso de hospedaje en edificios completos, con el objeto de implantar un hotel u otro establecimiento similar, el nuevo plan prácticamente elimina la posibilidad de implantación directa, siendo necesario contar con un plan especial que estudie el impacto en el entorno y que debe ser aprobado previamente por la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid y posteriormente por el Pleno municipal.
En caso de que el edificio en el que se pretende implantar este tipo de establecimiento ya posea un uso terciario, el Plan General vigente permite la implantación mediante licencia directa en casi cualquier edificio, excepto en los edificios protegidos, que requerirán la aprobación de un plan especial.
Sin embargo, cuando el hotel pretenda implantarse en un edificio protegido de uso residencial, el Plan Especial deberá acreditar que no es viable rehabilitarlo para el uso residencial.
Más allá del centro
El objetivo de la corporación local es frenar la conversión de viviendas en alojamientos en el centro y extender el hospedaje a otras zonas de la ciudad para "descargar la concentración del centro histórico".
Coincidiendo con la tramitación de este plan, la Agencia de Licencias ha emprendido una campaña de inspección que se ha extendido a más de 10.000 viviendas, detectando actividad turística en un 14% de ellas.
Con vocación de restringir
Tras la celebración de la comisión, José Manuel Calvo ha reconocido que el plan aprobado "tiene una clara vocación de limitar y restringir la implantación de viviendas de uso turístico por los problema que genera, de convivencia, de problemas en el edificio, de protestas vecinales y también de incompatibilidad de una actividad que es terciaria, que es el uso hospedaje, con la actividad residencial", según declaraciones recogidas por la agencia Efe.
Calvo ha señalado que se establecen las mismas condiciones para hoteles, hostales o apartamentos turísticos y a su vez se ha sido lo "más estricto posible" para fijar las mismas normas de implantación que la que tiene cualquier actividad terciaria como un comercio, un bar o una clínica dental, ha explicado.
En el caso de los hostales que ya cuenten con licencia de actividad y que no tengan ese acceso independiente no se verán afectados y "sólo les afectaría en el momento en el que tengan que renovar su licencia o hacer una obra de renovación integral", ha explicado Calvo.
Esta regulación del Ayuntamiento de Madrid está recurrida por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por considerarla contraria a la libre competencia.
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