Las agencias presentan enmiendas a la nueva Directiva de Viajes Combinados
Publicada 12/04/18
- ACAVe se opone a la garantía de responsabilidad contractual prevista en el Proyecto de Ley, pues extralimita lo establecido en la Directiva comunitaria
- Además ACAVe apuesta por un régimen de responsabilidad en función del ámbito de gestión entre minoristas y organizadores
- Se solicita que se respete el plazo de 6 meses previsto en la Directiva para la adaptación a la nueva normativa
La Asociación Corporativa de Agencias de Viajes Especializadas (ACAVe) ha presentado un total de 16 enmiendas al Proyecto de Ley para la transposición en España de la Directiva 2015/2302 de Viajes Combinados y Servicios de Viaje Vinculados, que se encuentra en trámite parlamentario de urgencia en el Congreso de los Diputados.
Entre las enmiendas presentadas, cabe destacar “la frontal oposición” de ACAVe a la incorporación de una nueva garantía de responsabilidad contractual, la cual va más allá de lo previsto en la Directiva comunitaria. La nueva Directiva es de máximos, lo que implica que los gobiernos de los Estados Miembro no pueden ir más allá de lo que se prevé en dicha Directiva.
Además en el resto de Estados Miembro, en los que ya se ha transpuesto la Directiva, en ningún caso se ha incorporado una garantía de este tipo, motivo por el cual, de aprobarse esta nueva garantía, las agencias de viajes españolas se situarían en una situación de desventaja competitiva respecto al resto de agencias de viajes europeas. Por todo ello, ACAVe solicita la eliminación de la garantía de responsabilidad contractual incluida en el Proyecto de Ley, solicitándose que se mantenga solamente la garantía de insolvencia financiera que es la única prevista en la normativa europea.
Asimismo, ACAVe solicita que se establezca, tal y como autoriza la nueva Directiva de Viajes Combinados, un régimen de responsabilidad en función del ámbito de gestión de la agencia minorista y de la organizadora del viaje.
ACAVe se opone al régimen de responsabilidad solidaria previsto en el Proyecto de Ley, dado que “resulta totalmente desproporcionado” hacer responder a la agencia minorista de todos los incumplimientos producidos en los servicios incluidos en el viaje combinado, cuando ésta actúa únicamente como intermediaria entre la agencia de viajes organizadora y los clientes y no tienen ninguna capacidad de control ni de gestión sobre los prestadores de los servicios que conforman el paquete que ha creado la agencia organizadora.
Por último, ACAVe solicita que se respete el plazo de 6 meses de adaptación previsto en la Directiva. Al respecto aclarar que la transposición de la nueva Directiva al ordenamiento jurídico español tenía que haber sido aprobada antes del 31 de diciembre de 2017, sin poder ser de aplicación antes del 1 de julio de 2018. Ante el evidente retraso en la transposición de esta Directiva, ACAVe requiere que se respete este plazo de 6 meses de adaptación a la nueva normativa y todo ello teniendo en cuenta que esta nueva normativa implicará importantes cambios para las agencias de viajes tanto a nivel de garantías como de condiciones contractuales.
Martí Sarrate, Presidente de ACAVe, manifiesta que “la transposición de la nueva Directiva supondrá importantes cambios para las agencias de viajes respecto a los viajes combinados, así como se regularan nuevas figuras como son los servicios de viajes vinculados. Por ello, las empresas deben de disponer del tiempo suficiente para realizar la adaptación, tal como se prevé en la propia Directiva, siendo del todo improcedente que en el Proyecto de Ley se prevea la entrada en vigor el 1 de julio de 2018, cuando a día de hoy se trata de una norma en proceso de trámite parlamentario. El retraso del Estado en la aprobación de la norma, no puede suponer un perjuicio para las empresas”.
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