E incluye las hospederías rurales

El nuevo decreto de hostelería de Murcia recupera la figura del hostal

Publicada 03/05/18
El nuevo decreto de hostelería de Murcia recupera la figura del hostal
  • La recuperación de los hostales se aplicará a aquellos que fueron clasificados como pensión
  • La elección de una serie de servicios por parte de los titulares también influirá en la categoría
  • Estarán obligados a tener un seguro de responsabilidad civil para garantizar los posibles riesgos de la explotación

El decreto regulador de los establecimientos hoteleros de Región de Murcia, que entrará en vigor en el plazo de veinte días, recupera la figura del hostal, que es concebido como local intermedio entre hotel y pensión, e incorpora las hospedería rurales, que tendrán la consideración de hotel de 1 estrella.

Esta normativa, que aparece publicada este miércoles en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM), sustituirá a su entrada en vigor al decreto de 2005 que hasta ahora ha regulado todo lo relativo a los establecimientos hoteleros.

En cuanto a los hostales, esta nueva reglamentación señala que su recuperación supondrá una nueva clasificación de ciertos locales que, por sus características, fueron clasificados en su día como pensiones y que a partir de ahora podrán pasar a tener aquella consideración.

El decreto presenta también, como otra novedad, un nuevo sistema para la obtención de categoría que permite tener en cuenta no solo las infraestructuras y el cumplimiento de unos mínimos obligatorios según cada una de ellas, sino, también, la libre elección por sus titulares de los alojamientos de una serie de servicios.

La Manga El Galán, en Murcia. Foto: Enrique Freire.La Manga El Galán, en Murcia. Foto: Enrique Freire.


Respecto a las hospederías rurales, que se incorporan a esta nueva regulación, la normativa señala que las mismas pasarán a ser consideradas hoteles de una estrella, aunque podrán seguir usando aquella denominación.

El decreto dispone que los responsables de los establecimientos de hoteleros tendrán la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil para garantizar los posibles riesgos de la explotación de que se trate.

Así mismo, se indica que queda prohibido el acceso de animales domésticos a los mismos, salvo que los titulares de ellos lo autoricen de forma expresa, lo que se hará constar con anuncios visibles.

En cuanto a las reservas y anulaciones, se establece que la reserva con señal se mantendrá, como mínimo, hasta las doce horas del día siguiente a aquel en que el alojamiento debió ser ocupado por el usuario, y si dentro de ese plazo el cliente no se presentara, la misma se podrá cancelar, con pérdida para el mismo de la cantidad entregada en tal concepto.

El decreto se ocupa también de regular lo referente a las camas supletorias, sobre las que se dice que se podrá disponer de dos por habitación cuando la superficie de esta exceda de un quince por ciento de la mínima exigida para su categoría por cada cama de ese tipo a instalar.

Las mismas serán colocadas a solicitud expresa de los clientes, debiendo constar en la correspondiente factura tal petición, sin que aquellas puede estar de forma permanente, a no ser que se trate de un mueble convertible.

Avatar redactor Angeles Vargas Redactor Jefe de Hosteltur Más artículos de Angeles Vargas

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