Valencia: los pisos turísticos necesitarán un permiso municipal para operar
Publicada 04/05/18
- El Ayuntamiento de Valencia ha pedido que las viviendas turísticas necesiten un informe municipal para operar
- El consistorio ha presentado una enmienda a la Ley de Turismo para decidir qué viviendas podrán ofertarse legalmente como alquiler turístico
- El PGOU sólo admite viviendas turísticas en plantas bajas o primeros pisos, algo que incumplen a día de hoy el 70% de los pisos
La concejala de Turismo del Ayuntamiento de Valencia, Sandra Gómez, ha solicitado a la Agencia Valenciana de Turismo que requiera un informe urbanístico municipal "preceptivo y obligatorio" para inscribir las viviendas turísticas en el registro de la Generalitat.
Según Gómez, en estos momentos, el único requisito que se exige a cualquier alojamiento turístico para poder operar y ser publicado en las plataformas colaborativas es presentar una declaración de responsabilidad ante el Registro de Viviendas Turísticas de la Generalitat.
"Eso supone que muchas de las viviendas que se inscriben están al margen de las propias normas que se determinan desde la Delegación de Urbanismo del Ayuntamiento para establecer qué viviendas pueden ser o no apartamentos turísticos", ha explicado la concejala en un comunicado.
El Ayuntamiento quiere que para poder inscribirse en dicho Registro los apartamentos pidan un informe preceptivo y obligatorio a Urbanismo, que establezca la aceptación de la compatibilidad de uso. De esta manera, ha dicho, sólo podrán inscribirse aquellas viviendas a las que el Ayuntamiento "dé su posición favorable".
Gómez ha recordado que a día de hoy, el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) sólo admite viviendas turísticas en plantas que se sitúen por debajo de los usos residenciales (en la mayoría de los casos, plantas bajas o primeras).
Por ello, ha adelantado, "si la medida es finalmente aceptada, afectará alrededor de un 70% de las viviendas que hay actualmente en la ciudad en este uso". "Esto se ha acabado, a partir de ahora, si esta enmienda es aceptada, no se va a dar de alta como apartamento turístico ni una vivienda más que esté fuera de la normativa del Plan General de Ordenación Urgana (PGOU), es decir, que no esté en plantas bajas o primeros pisos; se ha acabado hacer negocio con viviendas que deben cumplir un uso residencial y no lucrativo", ha insistido.
Además, ha añadido, la medida permitirá también al Ayuntamiento establecer límites específicos según de qué zona de la ciudad se trate, sus características y sus necesidades. "Todo ello nos permitirá tener la flexibilidad de poner más o menos límites según el barrio, la zona del barrio o las necesidades de cada momento", ha manifestado la delegada de Turismo.
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