Servicios mínimos durante la huelga de pilotos de Air Nostrum
Publicada 11/04/19
- Fomento fija los servicios mínimos durante las seis jornadas de huelga de los pilotos de Air Nostrum, del 15 al 17 y del 22 al 24 de abril
- El Ministerio establece el 100% de los vuelos a los territorios no peninsulares y el total de las frecuencias mínimas en rutas de OSP
- Fomento destaca que el objetivo es compatibilizar las necesidades de movilidad con el derecho de huelga de los trabajadores
El Ministerio de Fomento ha comunicado a Air Nostrum, a los gestores aeroportuarios y a Sepla los servicios mínimos que deberán cumplir los pilotos de la aerolínea durante los paros que han convocado para los días 15, 16, 17, 22, 23 y 24 de abril. Destaca que estos servicios esenciales tienen como objetivo compatibilizar las necesidades de movilidad de los ciudadanos con el derecho de huelga de este colectivo de trabajadores.
Fomento explica que en la determinación de estos servicios se ha tenido especial consideración a la operación de salida y regreso de las vacaciones de Semana Santa.
Los servicios mínimos
Todos los servicios de transporte aéreo, tanto de pasajeros como de carga, con salida programada anterior al inicio de la huelga y llegada durante la huelga.
El 100% de los servicios domésticos a todos los territorios no peninsulares.
Los días 15, 16, 17 y 22 de abril, el 31%, y los días 23 y 24, el 29% de los servicios en rutas entre ciudades españolas peninsulares con alternativa de transporte público con un tiempo de desplazamiento inferior a 5 horas.
Los días 15, 16, 17 y 22 de abril el 47%, y para los días 23 y 24 el 45% de los vuelos en ruta entre ciudades españolas peninsulares con alternativa de transporte público con un tiempo de desplazamiento igual o superior a 5 horas y en todas las rutas entre España y otro país.
En aquellas rutas aéreas en las que existan obligaciones de servicio público (OPS) entre dos aeropuertos peninsulares, se garantizarán las frecuencias mínimas establecidas en la normativa de aplicación.
Aquellas operaciones técnicas de posicionamiento de aeronaves y tripulaciones para la realización efectiva de los vuelos protegidos y los posteriores a la finalización de la huelga.
Air Nostrum deberá adoptar las medidas necesarias para garantizar que estos servicios esenciales se presten en las condiciones habituales del servicio, manteniendo para ello el personal estrictamente necesario para el periodo afectado por la convocatoria, salvaguardando en todo momento la seguridad de las operaciones.
Asimismo, la compañía aérea deberá adoptar todas las medidas necesarias para garantizar de forma estricta y rigurosa los derechos de los pasajeros afectados por la convocatoria de huelga, en particular, lo establecido en el Reglamento (CE) Nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de febrero de 2004.
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