Hotelero, esto es lo que debes saber sobre la nueva protección de datos
Publicada 21/05/18
- El nuevo Reglamento General de Protección de Datos europeo implanta un modelo de responsabilidad proactiva que concede poder al titular de los datos sobre su uso por terceros
- Con el nuevo reglamento, que se empezará a aplicar desde el viernes 25, desaparece el consentimiento tácito en favor del consentimiento explícito
- Cada hotel o cadena debe decidir si nombra un delegado de protección de datos, una nueva figura jurídica
El objetivo principal del nuevo Reglamento General de Protección de Datos europeo (RGPD) es proteger el derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal, así como el derecho al olvido, el derecho a la limitación del tratamiento y el derecho a la portabilidad de los datos.
Si eres un hotelero y aún no sabes de qué manera te afecta esta normativa, que será de aplicación desde este viernes 25 y contempla sanciones millonarias en HOSTELTUR noticias de turismo, te resumimos las principales novedades para que te pongas al día:
1.- Adiós al consentimiento tácito.
Con la nueva normativa debe ser explícito y las casillas premarcadas no son válidas. Si no informas al dueño del dato y él no sabe qué estás haciendo con sus datos puedes sufrir consecuencias gravísimas. A este respecto José Luis Piñar, catedrático de Derecho Administrativo en CEU Universidad San Pablo y ex-director de la Agencia Española de Protección de Datos, señaló en una jornada de la Facultad de Turismo y Dirección Hotelera Sant Ignasi (HTSI) de Barcelona que “el envío de publicidad al cliente si se ha alojado en el hotel podría considerarse en interés legítimo del hotel y podría no requerir el consentimiento explícito del cliente si se puede justificar que, efectivamente, es información relevante para el titular de los datos, algo que no se puede hacer con clientes potenciales”.
El abogado Marc Rius aboga por “ir captando los consentimientos a medida que los clientes nos vayan pidiendo servicios y mientras avanza la relación contractual”.
2.- Derecho a la limitación del tratamiento de los datos, cancelación o portabilidad.
“Hay un plazo para contestar a las demandas de los titulares y no responder a sus peticiones puede ser motivo de sanción grave” advierte Rius.
3.- Delegado de protección de datos.
Esta nueva figura jurídica no es obligatoria para el sector turístico por lo que cada hotel es libre de decidir si la incorpora o no. Si opta por la primera opción el delegado deberá cumplir estas tres premisas: tener experiencia en protección de datos, conocimientos en derecho y que sea capaz de actuar con absoluta independencia dentro de la organización.
4.- Derecho al olvido.
Éste ha de producirse “sin dilaciones, siempre que la persona lo exija o lo pida”, explica Mª Eugenia Gay, abogada y decana del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona.
5.- Fuertes sanciones.
El nuevo reglamento europeo contempla multas que pueden llegar hasta 20 millones de euros o hasta el 4% del volumen total anual global de la compañía, por infracciones graves como vulneración de los principios básicos, tratamiento ilícito, consentimiento inválido, finalidad distinta a la anunciado, tratamiento inadecuado de datos sensibles, y omisión del deber de información, entre otras.
Conviene recordar otros artículos publicados por este diario al respecto:
- Lo que tienes que saber del nuevo Reglamento de Protección de Datos
- El RGPD es restrictivo pero puede suponer una oportunidad de desarrollo
Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta
Inicia sesiónEsta noticia no tiene comentarios.