Las ventas online tendrán que cumplir las mismas garantías que en agencias
Publicada 21/05/18
- La Directiva supone un cambio revolucionario del mercado turístico que afectará a compañías aéreas, plataformas tecnológicas, hoteles y agencias
- La transposición de La Directiva comunitaria debería perseguir el establecimiento de un mercado único para el sector turístico en la UE
- El estado de las Autonomías puede provocar la dispersión de criterios en la aplicación final de la Directiva incumpliendo su principal objetivo
La venta de viajes realizada por las plataformas de internet, tendrá que cumplir las mismas garantías que los viajes comercializados por agencias de viajes, según señalan expertos de la Federación Empresarial de Asociaciones Territoriales de Agencias de Viajes Españolas (FETAVE. Y señalan que la transposición de la Directiva supone “un cambio profundo y revolucionario del mercado turístico que afectará por igual a compañías aéreas, plataformas tecnológicas, hoteles y agencias”.
Con motivo del inicio de la tramitación en el Congreso de los Diputados del Proyecto de Ley por el que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, relativo a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados, y teniendo en cuenta el papel trascendental que esta norma va a tener en la regulación del mercado turístico y en la actividad económica de la primera industria de España, la Federación Empresarial de Asociaciones Territoriales de Agencias de Viajes Españolas (FETAVE), ha organizado un encuentro informativo ante el inicio del trámite parlamentario.
Han intervenido César Gutiérrez, presidente de FETAVE, Manuel Panadero, director de Relaciones Institucionales de Globalia, Adrián Borrego, responsable de los servicios jurídicos de FETAVE y Adolfo Maté, Presidente de la Asociación de Agencias de Viajes de Castilla y León (AEAVI).
Para FETAVE la transposición de la Directiva pretende responder a la necesidad de armonizar el marco de garantías existentes en toda la Unión Europea creando un mercado único y común para el conjunto de operadores del sector turístico en la UE. En este sentido, la transposición de la Directiva, debería permitir establecer las mismas garantías para la comercialización de productos turísticos a todos los organizadores de viajes con independencia de que utilicen un canal de ventas online u offline.
Asimismo –según FETAVE-, la transposición de la Directiva, debe significar un cambio profundo y revolucionario del mercado turístico cuyas reglas y garantías deberán cumplir en igualdad de condiciones, todos los operadores turísticos como puedan ser empresas de alquiler de coches, hoteles, compañías aéreas (en las que tendrá un especial impacto) y plataformas tecnológicas de intermediación, y que hasta ahora venían utilizando la venta cruzada de productos asociados a la compra de billetes aéreos o cualquier otro, para incorporar la venta de productos y servicios complementarios (vinculados), y que a partir de ahora estarán sometidos a los mismos avales y garantías que las agencias.
Por otro lado, FETAVE quiere llamar la atención sobre las dificultades que supone la tramitación y elaboración del anteproyecto de Ley se haya realizado en el ámbito de la sanidad y el consumo, lo que no ha permitido la adecuada participación tanto de la administración turística como de los colectivos y asociaciones sectoriales afectadas por la nueva norma. En este sentido, nos vemos en la necesidad de recordar que con la nueva Ley, que ha iniciado su trámite en el Parlamento español, estamos abordando la regulación del mercado turístico, la principal industria de nuestro país y que ello no se ha hecho contado con el adecuado marco de diálogo y debate técnico, social y asociativo, lo cual nos traslada un escenario de riesgo en el que la economía española y sus empresas se juegan su competitividad y las reglas del mercado, por lo que FETAVE espera seguir jugando un papel importante, asesorando a los partidos políticos a lo largo del trámite parlamentario.
En relación con lo anterior, FETAVE advierte también sobre el hecho de que el aspecto central que persigue la Directiva a la hora de trasponerse a la normativa de cada país miembro no se va a conseguir en el caso del Estado español, ya que el legislador ha renunciado a conceptualizar y a cuantificar las garantías por insolvencia que deberían establecerse en la Ley, trasladando esta obligación a la regulación por parte de las comunidades autónomas que, de no producirse un acuerdo en la Conferencia Sectorial del turismo entre todas las CC.AA., puede provocar la dispersión de criterios en la aplicación final de la Directiva incumpliendo su principal objetivo.
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