Anula la suspensión acordada en febrero de 2018 que impedía nuevos alojamientos en el centro

La justicia frena la moratoria hotelera de Madrid

Publicada 10/05/19
La justicia frena la moratoria hotelera de Madrid

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado la medida cautelar solicitada por la asociación Madrid Aloja y ha acordado suspender la moratoria hotelera decretada en febrero de 2018 por el Ayuntamiento de Madrid en el centro de la ciudad, que afectaba tanto a la construcción de nuevos hoteles como pisos turísticos.

La sentencia, con fecha del pasado 3 de abril y a la que ha tenido acceso HOSTELTUR, establece la suspensión de la ejecutividad del Acuerdo número 13, de 1 de febrero de 2018, aprobado por la Junta de Gobierno de Madrid que ordenaba “suspender la realización de actos de uso de suelo, de construcción, edificación y de realización de actividades y de ejecución de actividades del uso de servicios terciarios en su clase de hospedaje para sus diferentes modalidades en el distrito Centro y en diversos barrios de los distritos de Chamberí, Moncloa-Aravaca, Arganzuela y Salamanca”.

El acuerdo municipal suspendía cualquier nueva actuación relacionada con el hospedaje en el distrito Centro y en diversos barrios de los distritos de Chamberí, Moncloa-Aravaca, Arganzuela y Salamanca.

Como se recordará, esta suspensión cautelar fue decretada por el Gobierno local mientras preparaba el Plan Especial de Hospedaje, que aprobó recientemente, y que también ha sido denunciado por las asociaciones de propietarios de pisos turísticos.

Actuación precipitada

Desde Madrid Aloja se alegó ante el tribunal que con la moratoria “el Ayuntamiento actuó de manera precipitada, que tomó la decisión sin tener los datos adecuados y los procedimientos suficientemente avanzados”.

La sentencia da la razón a la organización y declara que frente al interés público ya garantizado por la regulación autonómica, debe darse protección a los intereses privados legalmente obtenidos que se verían cercenados indiscriminadamente por una suspensión generalizada de usos.

Reconoce que la afección de la moratoria afecta a todos los barrios, propietarios y futuros huéspedes que podrían ejercitar acciones indemnizatorias por los derechos paralizados.

Por último, la asociación reconoce que el sector turístico está reglado y protegido por el derecho autonómico por lo que entiende que el interés general no queda afectado por la medida cautelar.

Ante esta sentencia se puede presentar recurso de casación.

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