Huelga de tierra en el aeropuerto de BCN: dictan los servicios mínimos
Se protegen el 100% de los vuelos domésticos con territorios no peninsulares
Publicada 26/07/19- El Ministerio de Fomento ha dictado los servicios mínimos correspondientes a la convocatoria de huelga
- Un millar de vuelos de diferentes compañías pueden verse afectados durante este fin de semana
- Servicios mínimos para el 32% de los vuelos peninsulares cuya alternativa de transporte sea inferior a cinco horas
El Ministerio de Fomento ha aprobado los servicios mínimos por la huelga de de los trabajadores de tierra Iberia en el aeropuerto de El Prat del 27 y 28 de julio. Dichos servicios mínimos suponen proteger el 100% de los vuelos domésticos con territorios no peninsulares, el 54% de los internacionales y el 32 % de los peninsulares cuya alternativa de transporte sea inferior a cinco horas.
Cabe recordar que los trabajadores de tierra de Iberia en el aeropuerto de Barcelona-El Prat irán a la huelga los días 27 y 28 de julio en protesta por la sobrecarga de trabajo y la falta de contrataciones para hacer frente a la actividad en la temporada de verano.
Precisamente este miércoles se celebró la segunda reunión de mediación que finalizó sin acuerdo.
El Ministerio de Fomento ha dictado los servicios mínimos correspondientes a la convocatoria de huelga en el aeropuerto de Josep Tarradellas Barcelona-El Prat (BCN) para hacer compatible el interés general de los ciudadanos y, en particular, sus necesidades de movilidad, especialmente durante estos días de alta demanda vacacional, con el derecho de huelga del colectivo de trabajadores, unos 2.700, según la información aportada por la propia compañía.
Iberia da servicio a 27 compañías en el aeropuerto de Barcelona, por lo que el número de vuelos afectados podría ser del orden de 1.000 durante el periodo previsto de la huelga
Servicios mínimos fijados
Los servicios mínimos serán del 100% de los servicios domésticos de cada compañía aérea para cada ruta con los aeropuertos de los territorios no peninsulares.
En su caso, también los servicios relacionados con el transporte aéreo en rutas bajo obligaciones de servicio público y los vuelos dedicados a labores de emergencia tales como servicios de ambulancia, antiincendios, transporte de órganos para el Sistema Nacional de Trasplantes, vigilancia, protección civil y rescate, etc.
Los servicios mínimos serán del 54% de cada compañía aérea para cada ruta con ciudades españolas peninsulares y extranjeras, cuyo medio alternativo de transporte público signifique un recorrido con un tiempo de desplazamiento igual o superior a 5 horas.
Fomento establece unos mínimos del 32% de los servicios de cada compañía aérea para cada ruta con ciudades españolas peninsulares cuyo medio alternativo de transporte público signifique un recorrido con un tiempo de desplazamiento inferior a 5 horas.
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