Adif: no ha recibido sanciones por irregularidades financieras en las obras del AVE
Asegura que s etrata de diferencias de criterio normativo
Publicada 04/02/13Adif afirma que la decisión del Tribunal General Europeo solo hace referencia a una disminución de las ayudas solicitadas para algunos tramos y que las correcciones financieras –“que ascienden a 29,4 millones de euros"- responden a diferencias de criterio en la aplicación de las normativas y no a irregularidades financieras o en la contratación. Las actuales decisiones del Tribunal, contra las que cabe recurso, no implican en ningún caso la obligación de reintegro de cantidad alguna”.
El pasado jueves, el tribunal europeo emitió una sentencia avalando la decisión de la Comisión Europea (CE) de reducir en 33,6 millones de euros las ayudas comunitarias a España para la construcción del AVE Madrid-frontera francesa, aduciendo que se habían constatado irregularidades en la adjudicación de los contratos e incongruencias (ver: Reducen las ayudas europeas a España para el AVE en 33,6 M € por irregularidades)
Adif, rganismo dependiente del Ministerio de Fomento, asegura que la sentencia hace referencia a una reducción de las ayudas solicitadas para financiar algunos contratos de modificación de proyecto pero que “no se trata de ninguna sanción impuesta a España”.
Agrega que “esta reducción de la financiación europea, que hace referencia solo a modificaciones de proyecto de varios tramos de las obras de la LAV Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa y otro tramo de la LAV Madrid-Albacete, se deriva de las correcciones financieras que se realizan tras la conclusión de los trabajos, y se debe a discrepancias y diferencias en la aplicación de criterios para la adecuación de los proyectos modificados a la normativa comunitaria vigente en el momento de la solicitud”.
Asimismo, desde Adif apuntan que las correcciones financieras suponen un 0,6% del importe total de las ayudas concedidas por la CE para la financiación de esas en los periodos 2000-2006 y 2007-2013.
Adif refiere que la reducción de las ayudas, contamplada en las decisiones adoptadas por la CE en septiembre de 2010 y febrero de 2011, inicialmente había sido establecida en 91,9 millones de euros y, posteriormente, debido a las alegaciones del organismo a las auditorías efectuadas, fue rebajada sustancialmente a 33,9 millones de euros.
“Estas decisiones fueron apeladas por el Gobierno español ante el Tribunal General de la Unión Europea, ante el que presentó recurso sobre 29,4 millones de euros de los 33,9 millones de euros de reducción final y es esa suma a la que hacen referencia las sentencias, contra las que, no obstante, cabe recurso. De este modo, las sentencias no responden a la observación de irregularidades financieras, como podría desprenderse de la información de algunos medios, sino a dichas discrepancias de criterio en la aplicación de la normativa”.
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