El Supremo condena a Viajes Eroski a pagar hasta más de 20.000 € a cada uno de sus 100 jefes de oficina
Publicada 05/02/13
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el recurso de casación interpuesto por Viajes Eroski por incumplimiento de convenio, por lo que la empresa deberá pagar con carácter retroactivo el salario de jefe de oficina a más de un centenar de trabajadores. La cantidad a pagar es de unos 1.200 euros mensuales por empleado, “en muchos casos con efecto retroactivo de dos años”, según UGT.
La sentencia ratifica la decisión dictaminada por la Audiencia Nacional el pasado 30 de septiembre de 2011 en la que se daba la razón a los trabajadores, después de que éstos presentaran una demanda colectiva al considerar que la empresa no estaba cumpliendo las pautas fijadas en el último convenio colectivo.
En concreto, el escrito, con fecha 19 de diciembre de 2012, apunta que si la empresa había reconocido a los afectados un nivel profesional acorde con el grupo de mandos del antiguo convenio, no puede ofrecer duda de que ese mismo nivel de mando debe ser atribuido en la nueva clasificación.
Así, los trabajadores encargados de las oficinas debían situarse en un nivel profesional ocho por dicho convenio, una medida que fue aplicada algunos meses por la compañía, pero que con el paso del tiempo volvió a situarlos en un nivel siete, según han explicado fuentes de UGT.
Este cambio de nivel suponía para cada empleado una pérdida aproximada de 1.700 euros anuales, motivo por el que los trabajadores se sintieron "engañados" por el incumplimiento del convenio.
Respecto a la demanda presentada por el despido irregular de 25 trabajadores, las mismas fuentes han comentado que existe "interrelación" entre ambos procesos ya que curiosamente algunos de los despedidos eran demandantes por incumplimiento de convenio.
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