Deuda de Thomas Cook con los hoteleros: por qué conviene no tirar la toalla
Poder acreditar las cantidades por países es fundamental
Publicada 17/12/19- Haberse presentado a los diversos concursos de Thomas Cook por divisiones es clave para recuperar lo que sea posible
- La deducción del impuesto de sociedades e incluso la recuperación del IVA pueden pelearse en este caso con argumentos legales
- El gesto del Gobierno alemán no parece ir por el momento más allá de los gastos por extensión de estancias y los reembolsos al consumidor
Casi tres meses después de que se declarara la insolvencia de la matriz de Thomas Cook en Reino Unido y cayeran una tras otra el resto de divisiones en Europa salvo contadas excepciones, es lógico pensar que buena parte de la deuda será imposible de cobrar. No obstante, haberse presentado formalmente en los diversos procesos concursales según los países es aconsejable no solo para poder beneficiarse en caso de que hubiera un desenlace positivo, sino para poder deducir el impuesto de sociedades e incluso el IVA, que no puede descartarse.
Según ha explicado a HOSTELTUR José Antonio Fernández de Alarcón, socio y fundador del bufete Monlex, las posibilidades de recuperar las cantidades que Thomas Cook dejó a deber a los hoteleros españoles, y especial en su totalidad, son escasas “porque es un crédito ordinario, pero al menos hay que presentar formalmente las deudas en los procedimientos concursales para poderlo deducir del impuesto de sociedades”.
En cuanto al IVA en España, ya en octubre el Gobierno en funciones aseguró que no podría actuar en esta materia por decreto, según Los afectados por Thomas Cook no podrán recuperar el IVA de las facturas. Esto supone un impacto adicional por tener que pagar un porcentaje sobre cantidades que no se han cobrado “pero existen estrategias jurídicas”, explica Fernández de Alarcón. “Presentándose en los tribunales y con argumentos jurídicos, se puede intentar recuperar ese IVA”.
Como recogía el artículo Thomas Cook: la importancia de actuar por mercados y en el ámbito laboral, el entramado de sociedades que están en estos momentos en concurso o liquidación en los diferentes países en los que han ido cayendo las filiales tras el cierre del turoperador, exige un trabajo minucioso a la hora de presentar las reclamaciones y hacer un seguimiento de las mismas. Así lo recomendaban desde la FEHM, que ha estado asesorada por Monlex en este aspecto.
“Esto es fundamental, cuanto menos para poder activar la pérdida en el impuesto de sociedades. Si la compañía no se presenta formalmente en los procesos concursales con su deuda y se la acredita el administrador concursal de cada país donde tienes la deuda, no podrá luego justificar ante Hacienda la deducción por la pérdida de ingresos que tienes “previstos” en su factura y que no va a recibir”, explica Fernández de Alarcón.
“Para cerrar el círculo”, añade, además de para deducir el impuesto, quizá “por si algún día en el proceso concursal surge una sorpresa, conviene estar. Es poco probable, pero quien no esté no podrá luego reclamar.
El caso concreto de Alemania
En cuanto a la filial alemana, hemos sabido hace unos días que Alemania asume indemnizaciones de Thomas Cook donde el seguro no llega. Esto supone que el Gobierno completará las cantidades que habría que cubrir el seguro de Zurich y cuya previsión no estaba preparada para el tamaño de esta quiebra. En esto caso, los hoteles cobrarán lo correspondiente a la prolongación de estancias en el momento del cese, pero no atañe a la deuda por las reservas del verano que no fueron pagadas por el turoperador.
Para el abogado de Monlex, lo más importante en este mercado “es el apoyo que sin duda dio el Gobierno alemán a Condor, eso fue clave para el sector hotelero y está agradecido porque si hubiera dejado caer a Condor, la conectividad aérea con Alemania se hubiera resentido terriblemente”.
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