Decreto ley pionero en Baleares, que afecta a Mallorca e Ibiza

Expulsión para quienes hagan "balconing" y límites a la venta de alcohol

Es la primera norma que se adopta en toda Europa que restringe la promoción y venta de alcohol en zonas turísticas

Publicada 17/01/20
Expulsión para quienes hagan "balconing" y límites a la venta de alcohol
  • La norma se limita a las zonas más saturadas de Mallorca e Ibiza: Magaluf, El Arenal y West End de Sant Antoni
  • El texto suspende la concesión de nuevas licencias para las party boats
  • El objetivo es forzar un cambio real en el modelo turístico de estos destinos, fomentar el civismo y proteger el destino

El Govern balear ha aprobado este viernes un decreto ley pionero en Europa que prohíbe en las zonas turísticas de la Playa de Palma y Magaluf, en Mallorca, y el West End, de San Antoni de Ibiza, el alcohol de borrachera y que contempla también la expulsión de los hoteles de Baleares de los turistas que practican el balconing.

El texto contempla cinco ejes principales de actuación con el objetivo de evitar la degradación de determinadas zonas turísticas de las Islas Baleares. La norma respetará los contratos ya firmados entre turoperadores y hoteleros evitando así inseguridad jurídica, según se detalla en un comunicado remitido por la Consellería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo.

El conseller de Turismo de Baleares, Iago Negueruela.

El decreto contempla las siguientes puntos:

Alcohol

A partir de ahora estará prohibida la publicidad que tenga como objetivo incentivar el consumo en establecimientos turísticos, así como las barras libres, happy hours o similares. También se prohíbe su exhibición, los autodispensadores, además de que los establecimientos que vendan alcohol deberán permanecer cerrados entre las 21.30 y las 08.00 horas.

Prácticas peligrosas para la salud como saltar de balcones

Queda prohibida las prácticas peligrosas para la vida o la integridad física de las personas en todo el territorio de las Islas Baleares, no solo en el ámbito territorial de la norma.

Las personas que, pese a la norma, realicen estas prácticas, serán expulsadas inmediatamente del establecimiento y será considerado como falta grave, tanto para quien lo practique como para quien lo permita.

El decreto tendrá una vigencia de cinco años, su ámbito territorial quedará circunscrito a zonas concretas de la Playa de Palma, el Arenal, Magaluf y el West End de Sant Antoni de Portman

Excursiones etílicas

También conocidas como pubcrawling, se prohíbe su publicidad, su organización y su venta para evitar recorridos alcohólicos en las zonas afectadas por el decreto.

Party Boats

En relación a las fiestas que se realizan en embarcaciones, las denominadas party boats, se prohíbe publicitarlas en las zonas afectadas por este decreto. Por otra parte, este tipo de barcos no podrá recoger o retornar clientes en estas zonas. Además, se suspende la concesión de nuevas licencias y se abre un plazo de 24 meses para regular la actividad.

Régimen sancionador

La ley establece un régimen sancionador que pone un acento especial en las faltas graves y muy graves. En el primer caso, se consideran faltas graves, entre otras:

  • Las prácticas peligrosas para la vida, integridad o la salud de los clientes (para el turista que lo practica)
  • La falta de información de manera expresa a los clientes sobre dichas prácticas peligrosas (para el establecimiento)
  • La no expulsión de clientes que realicen dichas prácticas peligrosas (para el establecimiento)
  • Ofrecer habitaciones por horas y publicitar bebidas alcohólicas
  • Tener expuesto alcohol en los establecimientos

Las faltas graves se sancionan con multas de 6.001 a 60.000 euros

Las faltas muy graves contemplan:

  • La venta de bebidas alcohólicas fuera de horario permitido
  • Ofertar bebidas alcohólicas bajo modalidades del tipo barra libre, happy hours o 2x1 y 3x
  • Mantener los autodispensadores de alcohol
  • La venta de bebidas a menores y a embarazadas
  • La publicidad o realización de excursiones etílicas (pubcrawling)
  • Cometer dos faltas graves en seis meses, entre otras circunstancias.

Las faltas muy graves se sancionan con multas de 60.001 a 600.000 euros, y adicionalmente pueden llevar aparejado el cierre del establecimiento por un período máximo de tres años, según las circunstancias que se presenten

Se considerarán faltas leves cualquier otra infracción considerada en el decreto, con multas entre 1.000 y 6.000 euros.

Fomento del civismo

Según el citado comunicado, con el objetivo de efectuar un mejor seguimiento y coordinación de las medidas contempladas en el decreto, se creará una comisión y una subcomisión para el Fomento del Civismo en Zonas Turísticas. Estará formada por el Govern y representantes de Delegación del Gobierno y la subcomisión por patronales y asociaciones empresariales y vecinales.

Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta

Inicia sesión
Comentarios 1
A buenas horas!! Menudo ejemplo, de empresarios hosteleros, políticos y policía, etc. Es esta la imagen que hemos querido transmitir al Mundo? Estamos satisfechos con el estercolero en que hemos convertido la noche Mallorquina? Han pagado por ello, los irresponsables que han permitido esta nauseabunda degradación ?