Cataluña aprueba ayudas directas para microempresas turísticas
Los beneficiarios podrán recibir 2.500 euros en un único pago por adelantado
Publicada 31/03/20 16:50h- En total, esta línea de ayudas directas está dotada con dos millones de euros
- Para empresas con un máximo de cinco trabajadores y un tope de 500.000 € de facturación
- Para recibir la ayuda será necesario mantener la actividad como mínimo un año
Microempresas y profesionales que desarrollan sus actividades en el sector turístico en Cataluña, y que se han visto afectados por la crisis del coronavirus, podrán beneficiarse de una nueva línea de ayudas directas que ha puesto en marcha el departamento de Empresa de la Generalitat.
Se trata de una nueva línea de ayudas, "en forma de prestación económica directa, dotada de dos millones de euros" en total, según explica dicho departamento.
"Las ayudas, de 2.500 euros en un único pago por adelantado, están pensadas para empresas y profesionales afectados por la crisis del COVID-19 y que, por su estructura más reducida y unas facturaciones menores, tienen un acceso limitado a otras líneas de ayudas existentes".
Los beneficiarios podrán ser establecimientos turísticos de alojamiento, guías de turismo, empresas turísticas de mediación, establecimientos y actividades de interés turístico con un máximo de cinco trabajadores y hasta un máximo de 500.000 euros de volumen anual de facturación.
"Estas ayudas están pensadas especialmente para aquellas empresas que, por su estructura más reducida y unas facturaciones menores, tienen un acceso más limitado a otras líneas de ayudas generales que se están articulando", añaden las mismas fuentes.
Requisitos
Las empresas y profesionales que soliciten esta ayuda deberán acreditar estar dados de alta en el Registro Turístico de Cataluña (en caso de que tengan la obligación de estar allí) y debidamente legalizados como mínimo, desde el 15 de marzo de 2019, un año antes desde el inicio del confinamiento decretado para la presente crisis del coronavirus.
Además, será necesario que mantengan la actividad como mínimo para un período de un año desde el otorgamiento de la ayuda.
Este programa está pensado para aquellas empresas que, por su estructura más reducida, tienen un acceso más limitado a otras líneas de ayudas
Para justificar esta ayuda, en el plazo máximo de un año, desde la fecha de su desembolso, los beneficiarios deberán aportar facturas y recibos por el importe otorgado, correspondientes a gastos generales propios de su actividad: alquileres, cuotas de préstamos o de hipotecas, proveedores, servicios básicos, suministros, sueldos, etc.
"Esta ayuda es compatible con cualquier otra que pueda corresponder, a excepción de aquellas que deriven o tengan causa en el cierre definitivo de la actividad", puntualiza el departamento de Empresa.
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