De acuerdo con la propuesta que el ICTE ha enviado al Ministerio de Sanidad

El nuevo protocolo impone la distancia de seguridad en las playas

Los gestores de los arenales deberán determinar su capacidad máxima y definir las medidas sanitarias a adoptar por los usuarios

Publicada 07/05/20 12:07h
El nuevo protocolo impone la distancia de seguridad en las playas
  • El documento llama a clausurar las duchas, los lavapiés y las áreas de juegos infantiles como medida de prevención
  • Los socorristas controlarán y supervisarán que los usuarios están cumpliendo correctamente las medidas de seguridad
  • Las hamacas y sombrillas deberán distribuirse de manera que se asegure la distancia mínima de seguridad interpersonal

Los usuarios de las playas deberán mantener una distancia de seguridad para evitar los contagios por la Covid-19 y los gestores de los arenales serán los encargados de determinar su capacidad máxima. Serán precisamente estos responsables de las playas quienes deban definir las medidas de seguridad e higiénico-sanitarias a adoptar por los usuarios en estos espacios, que tendrán que ser señalizadas debidamente. En cuanto a los servicios, las duchas, lavapiés y zonas de juegos infantiles quedarán clausuradas, mientras que las hamacas y sombrillas deberán distribuirse con una distancia mínima, y en caso de que esta no sea posible se recurrirá a las mamparas. Así se recoge en el borrador que ha elaborado el Instituto de Calidad Turística Hotelera (ICTE) a petición del sector turístico, al que ha tenido acceso HOSTELTUR, y que aún debe ser aprobado por el Ministerio de Sanidad.

Según detalla el documento 'Medidas para la reducción de riesgos higiénico-sanitarios frente al COVID-19', los órganos gestores de las playas deben afrontar la gestión del riesgo de contagios por coronavirus, por lo que deben implementar las medidas dirigidas a minimizarlo. En este sentido, insta a estos responsables a la creación de un comité específico que se encargará de definir las "estrategias y toma de decisiones para la minimización de riesgos higiénico-sanitarios por COVID-19".

El nuevo protocolo establecerá la distancia de seguridad en las playas.

De este modo, este comité deberá identificar los riesgos existentes para el contagio en zonas tales como los accesos, el arenal, los aseos y vestuarios, los puntos de suministro de agua potable, duchas y lavapiés, las infraestructuras y equipamientos de las empresas concesionarias, las infraestructuras y equipamientos de uso específico para personas con discapacidad física, los juegos infantiles y mobiliario deportivo, las papeleras y las taquillas.

Será este comité el que deba determinar la capacidad de carga de la playa "teniendo en cuenta que deben mantenerse las distancias de seguridad entre los usuarios" y el que establezca las medidas de seguridad e higiénico-sanitarias a adoptar por los bañistas para el acceso a la playa, uso del equipamiento y de la infraestructura. Para ello, este órgano tendrá que implementar un plan de contingencia y supervisar su cumplimiento.

Este plan deberá abordar aspectos tales como la asignación del personal responsable en caso de riesgo, la asignación de los recursos materiales, la implementación de un protocolo de actuación en el caso de que se sospeche que un empleado o cliente ha contraído el virus y la supervisión de que empleados y usuarios cumplen con estas normas

Del mismo modo, este órgano será el encargado de instar a la dirección de las empresas subcontratadas y concesionarias a que diseñen y le comuniquen sus medidas para evitar los riesgos de contagio por el coronavirus y deberá aprovisionarse del material necesario previsto en el plan de contingencia (mascarillas, guantes o gafas de protección).

Empleados

En cuanto al personal que trabaja en la playa, el documento establece que deberá recibir formación sobre las actuaciones comprendidas en el citado plan, si bien el documento ya lanza una serie de recomendaciones para los empleados tales como:

  • Evitar el saludo con contacto físico, incluido el dar la mano, tanto al resto de personal como a usuarios.
  • Portar mascarilla y desecharla al finalizar la jornada. Tirar cualquier desecho de higiene personal –especialmente, los pañuelos desechables- de forma inmediata a las papeleras o contenedores habilitados.
  • Lavarse frecuentemente las manos con agua y jabón, o si no existe esa posibilidad o el uso de los puntos de agua puede conllevar un mayor riesgo, con una solución hidroalcohólica. Es especialmente importante lavarse las manos con jabón o utilizar la solución hidroalcohólica después de toser o estornudar o después de tocar superficies potencialmente contaminadas. Además, debe tratarse que cada lavado dure al menos 40 segundos.
  • Desinfectar frecuentemente los objetos de uso personal (gafas, móviles etc.) con una solución hidroalcohólica o con agua y jabón cuando sea factible.
  • Evitar, en la medida de lo posible, utilizar equipos de trabajo o dispositivos de otros empleados. En caso de que exista alternancia en el uso de determinados equipos o dispositivos (walkies, material de rescate, etc.), se deben establecer pautas para la reducción del riesgo de contagio.

El borrador llama además a gestores y empresas concesionarias a planificar las tareas tratando de mantener dos metros de distancia entre empleados, a incluir siempre a los mismos empleados en los mismos grupos de turnos, a establecer un método de control horario que evite el uso de una misma superficie por parte de distintos trabajadores, así como a asegurar su protección reforzando la disponibilidad de material de higiene y limpieza.

En cuanto a estos empleados, los socorristas, que deben conocer el plan de prevención, supervisarán y controlarán que los usuarios están cumpliendo correctamente las medidas de seguridad e higiénico-sanitarias correspondientes y garantizarán que se respeta la legislación o regulación local establecida frente al virus.

Por su parte, el personal de limpieza deberá contar con el equipo de protección individual adecuado, que como mínimo deberá incluir mascarilla y guantes.

Servicios

Este plan de prevención deberá ser trasladado también a los usuarios a través de acciones como cartelería que recoja las medidas higiénicas adoptadas en los diferentes puntos de acceso a la playa (restricciones, distancia mínima de dos metros o la forma de actuar en caso de presentar síntomas de haber contraído el virus) y la señalización respecto a los equipamientos o infraestructuras, tales como la no disponibilidad de algunos de los servicios ofertados. Estos carteles deberán encontarse en las lenguas co-oficiales y en al menos una lengua extranjera o bien utilizarse pictogramas comprensibles por el usuario.

Por su parte, los establecimientos de alimentos y bebidas deben mantener un elevado nivel de higiene, cumpliendo con al menos las medidas preventivas establecidas en el Manual para la reducción de riesgos sanitarios en servicios de restauración (ICTE, 2000).

Asimismo, establece que las hamacas y sombrillas deberán distribuirse de manera que se asegure la distancia mínima de seguridad interpersonal y que en caso de que esta no pueda asegurarse, debe establecerse una barrera física, como mamparas o similares, entre los usuarios

En el caso de que estas medidas no puedan implementarse, el documento recomienda que no se preste este servicio.

En cuanto a las actividades deportivas y de ocio, el protocolo llama a que se planifiquen de forma que permitan controlar los aforos, respetar las distancias mínimas de seguridad y que se evite el contacto físico. Esta debe ser también la pauta a seguir cuando la autoridad competente permita la celebración de eventos.

El texto dicta además que los aseos dispongan de dispensador de gel gelhidroalcohólico, dispensador de jabón, papel de secado o secador de manos por sensor, papeleras con tapa, accionamiento no manual y doble bolsa en su interior, mientras que los lavabos deben disponer de grifería de accionamiento no manual (por pedal o sensores)

Igualmento, el documento llama a clausurar las duchas, lavapiés y las áreas de juegos infantiles como medida de prevención.

Limpieza

Con respecto a la limpieza, el documento llama a los gestores a adaptar su plan al respecto, teniendo en cuenta las condiciones de seguridad para empleados y usuarios así como un incremento de las frecuencias, especialmente en las zonas más frecuentadas.

En la playa, llama a distinguir el tipo y frecuencia de limpieza para la zona seca y para la zona húmeda, mientras que en las instalaciones y equipamientos, establece un repaso de limpieza como mínimo cada dos horas en horario de prestación de servicio, así como una limpieza profunda tras la jornada. En este punto, pide hacer especial hincapié en los dispensadores de papel, gel y jabón y otros elementos de gran contacto.

Con respecto a los equipos de salvamento y primeros auxilios, así como los equipos de comunicaciones de emergencia (walkies o altavoces) el protocolo fija que deben limpiarse y desinfectarse tras su uso a la finalización de la jornada de trabajo y siempre que el equipo pase de un profesional a otro

En cuanto al servicio de hamacas y sombrillas llama a asegurar una limpieza y desinfección del equipamiento utilizado por el usuario tras su uso.

El documento no define especificaciones para la limpieza de la arena. (Ver Cómo se comporta el virus en el agua y la arena, la preocupación del ICTE).

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