Iberia pacta medidas de productividad con tripulantes de cabina
Publicada 10/02/14
La Dirección de Iberia ha alcanzado con cuatro sindicatos representantes del colectivo de tripulantes de cabina de pasajeros (TCP) firmantes del acuerdo de mediación -CCOO, UGT, Sitcpla y CTA-Vuelo-, lo que excluye a Stavla, un pacto sobre medidas de productividad que implica un límite anual de 900 horas de vuelo, tanto en corto y medio radio como en largo radio; modifica la reducción opcional de jornada y permite incrementar la productividad en el largo radio en verano, según han informado en un comunicado conjunto.
Dicho pacto está sujeto a la consecución de un acuerdo global de convenio, por lo que no entrará en vigor hasta que se firme el XVII Convenio colectivo de TCP de Iberia.
En el caso de que finalmente se alcance un acuerdo de convenio, las medidas de productividad pactadas tendrán como contrapartida la supresión del 4% de reducción salarial, implantada en abril del año pasado, según se ha comprometido la aerolínea. No obstante, los sindicatos aseguran que el pacto, alcanzado el pasado 7 de febrero en la reunión de la Comisión Negociadora del convenio colectivo, es "muy similar" al que fue rechazado el pasado 15 de abril por la dirección, por lo que indicaron que será la compañía la que tendrá que explicar las razones de su aceptación ahora.
"Es indudable que la situación que atraviesa Iberia sería mucho mejor si Iberia Express operara como una flota dentro de la propia compañía, ya que, la filial para competir en el segmento low cost estaría dentro de la estructura de la matriz que no habría menguado su tamaño de la forma en que lo ha hecho, y la dirección no tendría dicho instrumento para presionarnos", han destacado.
Han señalado que las medidas de productividad pactadas para el corto y medio radio son "menos rigurosas que las contempladas para el caso de que Iberia Express se hubiera creado como flota de ingreso en Iberia".
Según los sindicatos, las medidas pactadas en el caso del largo radio permitirán hacer frente a la mayor producción en verano, ahorrando costes al evitar la contratación de trabajadores temporales y los actuales TCP verán incrementados sus ingresos con el incremento de horas de vuelo.
En lo que se refiere al régimen de trabajo y descanso en los meses de verano (junio-septiembre), se establece un límite de 95 horas al mes tanto en largo como en corto radio y de 258 horas en un trimestre natural, mientras que el trimestre de abril, mayo y junio, el límite será de 275 horas. El límite anual es de 900 horas.
Hay que recordar, que el sindicato Stavla señaló recientemente que veía "imposible" un acuerdo con esfuerzo salariales de más del 36%. Según este sindicato, los TCP han sufrido una rebaja salarial del 18,9%, con congelación de IPC y deslizamientos, y que solo en productividad el esfuerzo que se pide al colectivo va más allá del 18%. Stavla, Sepla, CGT y CTA-Tierra no firmaron el acuerdo de mediación.
La dirección de Iberia condiciona la apertura de nuevas rutas, el crecimiento y la renovación de flota a lograr una base de costes competitiva para lo que requiere de llegar a acuerdos de convenio con todos los colectivos.
Las medidas pactadas
El acuerdo alcanzado establece en 90 el límite mensual de horas de vuelo y en 270 horas el límite trimestral para el corto radio y se reduce un día sin servicio al mes, excepto en febrero, que se reduce en dos.
Los TCP adscritos a la operación en corto y medio radio tendrán como tareas acompañar a los pasajeros del avión, tanto cuando el embarque se produzca en finger como en remoto, preparar el avión "única y exclusivamente" en los vuelos en que se ofrezca SBP, esto es recogida de restos de cabina de pasaje y baños (salvo que necesiten servicio de limpieza), reponer cabezales si es necesario, cruzar cinturones, mantas y almohadas dobladas y ubicadas.
Asimismo, se ocuparán del movimiento de cortinas y equipos en escalas, mientras que las funciones similares realizadas por otras compañías se analizarán en la Comisión de Interpretación y vigilancia del convenio.
En lo que se refiere al largo radio, se reduce un día sin servicio al trimestre --que no se compensará a lo largo del trimestre natural--, mientras que en los meses de julio, agosto y septiembre se podrán realizar cinco vuelos trasoceánicos completos.
Reducción opcional
En cuanto a los cupos de reducción opcional de jornada del anexo 12, se fijará en un 20% por flota para los sobrecargos y en un 25% por flota para TCP. Además, se actualiza la plantilla de referencia, a fecha de 31 de diciembre del año anterior.
Asimismo, se flexibilizan los periodos de acogimiento pudiéndose solicitar durante un año completo o por periodos de seis meses, coincidiendo con el semestre natural. De esta forma, si la petición es por un año natural, cada semestre puede tener porcentajes distintos de reducción. No obstante, para los sobrecargos el porcentaje de reducción en julio y agosto será necesariamente de un 25%.
El requisito para acceder a dicha reducción es haber alcanzado el nivel 6 a 31 de diciembre del año anterior y se podrá solicitar hasta el 30 de septiembre del año anterior.
Por otro lado, aquellos TCP que estén acogidos al art.64 (ejecución opcional del coeficiente de programación) tendrán un mes para comunicar si desean acogerse a la reducción opcional de jornada del anexo 12 o pasar a jornada completa. Aquellos TCP que se encuentren en lista de espera para el art.64, tendrán un mes de plazo para decidir si, en caso de corresponderles, desean pasar al anexo 12 durante qué periodo y porcentaje.
Asimismo, serán creados grupos de trabajo para estudiar la sustitución del actual régimen de incidencias por otro de inclusión de las imaginarias en la programación mensual, respetando la estabilidad de las programaciones, y para la adopción de las definiciones de Aviación Civil en el XVII convenio colectivo.
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