Las novedades que traerá la fase 2 a hoteles y restaurantes
Publicada 18/05/20
- Las cuatro islas que entraron en la fase 1 el 4 de mayo comenzarán la fase 2 este lunes con aperturas de zonas comunes en hoteles
- En la restauración la fase 2, que previsiblemente se extenderá el día 25, permitirá abrir el interior de los establecimientos
- Las piscinas recreativas abrirán al 30% y las playas permitirán actividades deportivas o de ocio sin contacto físico
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado una orden del Ministerio de Sanidad que fija las condiciones de aplicación de la fase 2 de la desescalada que estarán activas a partir de este lunes en la isla de Formentera (Baleares), y las de La Graciosa, El Hierro y La Gomera (Canarias). Entre ella destaca la apertura de zonas comunes en hoteles y de espacios de interior en los restaurantes, aunque con aforos limitados, de un tercio y el 40%, respectivamente.
La orden incluye también nuevas condiciones de flexibilización de las medidas restrictivas del estado de alarma en las zonas que permanecerán la próxima semana en la fase 0 -la Comunidad de Madrid, Barcelona y amplias zonas urbanas de Castilla y León-, y también en las de fase 1 -14 comunidades que suponen el resto del territorio-, aunque en estos casos no hay novedades relativas al sector turístico diferentes a las ya aplicadas.
Para las islas que entran en fase 2, y a la que previsiblemente llegarán los territorios que seguirán esta semana en la 1 a partir del siguiente lunes, del 25 de mayo, los hoteles y alojamientos turísticos podrán proceder a la reapertura al público de las zonas comunes, la de establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales, pero siempre con el límite de un tercio de su aforo y bajo medidas de seguridad.
Cada establecimiento deberá determinar los aforos de los distintos espacios comunes, así como aquellos lugares en los que se podrán realizar eventos y las condiciones más seguras. Las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de veinte personas.
Estas actividades se realizarán preferentemente al aire libre y se evitará el intercambio de objetos. Aquellos espacios cerrados donde se vayan a celebrar eventos, actividades de animación o gimnasios, deberán ventilarse dos horas antes de su uso.
En la fase 2 ya se podrán reabrir al público para consumir dentro del local en los establecimientos de hostelería y restauración, salvo los locales de discotecas y bares de ocio nocturno, con un límite de aforo del 40 %
El consumo dentro del local únicamente podrá realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesa, y preferentemente mediante reserva previa. En ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente. Las condiciones de las terrazas siguen siendo las mismas que las fijadas en la orden de 9 de mayo.
Deberá asegurarse el mantenimiento de la debida distancia física de dos metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas. La mesa o agrupación de mesas que se utilicen para este fin, deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respeten la distancia mínima de seguridad interpersonal.
Piscinas y playas
La orden establece las condiciones para la apertura al público de las piscinas recreativas, que tendrán un aforo máximo del 30% de capacidad de la instalación y cita previa.
En las playas se permiten actividades deportivas, profesionales o de recreo siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, con una distancia mínima de dos metros entre los participantes
En esta segunda fase se permiten también los congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias en pabellones de congresos, salas conferencias, salas multiusos y otros establecimientos e instalaciones similares. El tope es de 50 asistentes y se insta a promover la participación no presencial.
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