Nuevo reglamento comunitario en vigor desde el 1 de marzo

Los viajeros de autobús y autocar tendrán los mismos derechos que los pasajeros aéreos

Incluye reembolsos e indemnizaciones

Publicada 02/03/13
Los viajeros de autobús y autocar tendrán los mismos derechos que los pasajeros aéreos

Los viajeros de autobús y autocar en la Unión Europea se benefician desde este viernes de derechos “básicos y similares” a los ya reconocidos por norma comunitaria en el caso de los pasajeros de los sectores aéreo, ferroviario y marítimo, con la entrada en vigor este 1 de marzo del reglamento comunitario acordado en 2011 que así los establece, incluido el reembolso o indemnización.

El reglamento comunitario, además de establecer los derechos básicos de los viajeros, impone obligaciones a las empresas de autobuses y autocares y a los gestores de terminales en lo que atañe a su responsabilidad respecto a los pasajeros.

A partir de este viernes los pasajeros de autocar y autobús tienen derecho al reembolso del precio del billete completo o recorrido alternativo en caso de overbooking, igual que por cancelación o retraso de más de dos horas respecto a la hora prevista de salida. No obstante, sólo será aplicable en el caso de los desplazamientos de más de 250 kilómetros de distancia.

Si la empresa no puede ofrecer al viajero el derecho a elegir entre estas dos opciones, deberá abonarle una indemnización del 50% del precio del billete, además de su reembolso.

Europea es la primera región mundial en proteger los derechos de los pasajeros, independientemente del modo de transporte que utilicen.Europea es la primera región mundial en proteger los derechos de los pasajeros, independientemente del modo de transporte que utilicen.

Los pasajeros también tienen derecho a una indemnización por fallecimiento, lesiones, pérdida o daños del equipaje causados por accidente de carretera y se les reconoce su derecho a recibir “una asistencia adecuada” en términos de comidas o refrigerios y, en caso “necesario”, de alojamiento cuando se cancele su viaje o sufra un retraso de más de 90 minutos para viajes de más de tres horas, únicamente aplicable en el caso de desplazamientos de más de 250 kilómetros de distancia.

Organismos independientes

Las nuevas normas prevén que los Estados miembro creen organismos “independientes” que serán los responsables de aplicar las normas europeas y “cuando proceda, imponer sanciones” en caso de su incumplimiento.

El reglamento comunitario también garantiza a los pasajeros la no discriminación respecto a las tarifas que pagan, como en el caso del resto de condiciones contractuales, por razones de nacionalidad.

Las personas con discapacidad o movilidad reducida también tienen derecho a un trato no discriminatorio, así como a asistencia gratuita tanto en las terminales de autobús como a bordo de los vehículos y a compensación financiera en caso de pérdida o deterioro de su equipo de movilidad.

Los pasajeros también tienen derecho a recibir “información adecuada y accesible a todos” antes y durante su viaje, e información general en las terminales de autobuses y en internet sobre sus derechos. Las empresas, por su parte, deben crear un mecanismo de tramitación de reclamaciones, que ha de estar a disposición de todos los pasajeros.

Setenta millones de pasajeros anuales

Cada año unos 70 millones de pasajeros viajan en autobús y autocar en la Unión Europea, que se ha convertido en la primera región mundial en proteger los derechos de los pasajeros, independientemente del modo de transporte que utilicen, ya sea el avión, ferrocarril, barco, autobús o autocar, como ha destacado el vicepresidente de la Comisión Europea y responsable de Transportes, Siim Kallas.

El Ejecutivo comunitario prevé mantener el próximo otoño una reunión con las autoridades nacionales para “coordinar la aplicación efectiva de las nuevas normas”.

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