Expedientes contra Italia y Grecia por violar los derechos de los pasajeros
Publicada 02/07/20 15:29h
La Comisión Europea (CE) ha iniciado este jueves sendos procedimientos de infracción enviando cartas de aviso formal a Grecia e Italia por violar las normas de la Unión Europea que protegen los derechos de los pasajeros aéreos. Debido a la pandemia de coronavirus, muchas compañías en el sector del transporte, especialmente las aerolíneas, se han enfrentado a una caída de ingresos e iliquidez insostenibles debido a las restricciones operativas y las cancelaciones masivas de vuelos, poniéndose en riesgo de insolvencia, ofreciendo a los viajeros bonos a futuro en vez de reembolsos. Sin embargo, Bruselas ha sido categórica en que los derechos de los pasajeros siguen siendo válidos en el contexto actual sin precedentes y que las medidas nacionales para apoyar a la industria no deben reducirlos.
En concreto, tanto Grecia como Italia han tomado medidas que no cumplen con las normas de la UE sobre los derechos de los pasajeros aéreos (Reglamento (CE) no 261/2004) y sobre los viajes en barco (Reglamento (UE) no 1177/2010). Adicionalmente, Italia ha tomado medidas que no cumplen con las normas de la UE sobre viajes en autobús y autocar ( Reglamento (UE) no 181/2011 ) y los derechos de los pasajeros ferroviarios ( Reglamento (CE) no 1371/2007).
Si bien la Comisión Europea también está evaluando la situación en otros Estados miembros al solicitar más información sobre la aplicación de las normas, Grecia e Italia han adoptado una legislación que permite a los transportistas ofrecer bonos como la única forma de reembolso.
Sin embargo, de conformidad con el Reglamento de los derechos de los pasajeros de la UE, los pasajeros tienen el derecho de elegir entre el reembolso en dinero y otras formas de reembolso, como un cupón o un vale, fórmulas que solo serán válidas y aceptables si los consumidores las aceptan (ver: Las aerolíneas solo darán bonos por reembolsos si los pasajeros los aceptan).
A finales de abril, el enfrentamiento entre la Comisión Europea (CE) y estados miembros sobre la normativa que protege los derechos de los pasajeros aéreos a elegir entre un reembolso en efectivo o bonos si su vuelo se cancela debido al coronavirus. El pasado 30 de abril, 12 estados miembros de la UE instaron a la suspensión temporal del derecho referido al reintegro completo del importe del billete para viajes futuros por vuelos cancelados debido a la pandemia de COVID-19. Una propuesta a la que se sumaron cuatro países, entre ellos, España.
La Comisión había enviado avisos informales a 13 Estados miembros, entre ellos España, pero por ahora sólo ha abierto sendos procedimientos de infracción contra Grecia e Italia, países que disponen de dos meses para responder a la "carta de emplazamiento" enviada por Bruselas. Según uno de losportavoces de la CE, en el resto de países notificados, no se ha hallado legislación contraria a la directiva europea (ver: Chocan Bruselas y 12 países miembro por los reembolsos de vuelos cancelados, a los que se sumaron España, Alemania, Rumania y Estonia).
El Ejecutivo comunitario ha recordado en varias ocasiones durante la pandemia que la legislación europea sobre derechos de los pasajeros establece que en caso de cancelación, las aerolíneas tienen que ofrecer a los viajeros la elección entre un cambio de ruta con ciertas condiciones o el reembolso en efectivo.
Por otro lado, el Ejecutivo comunitario anunció también este jueves que ha enviado cartas de emplazamiento por el mismo motivo de las aerolíneas, pero aplicado a los operadores turísticos, a diez Estados miembros (República Checa, Chipre, Grecia, Francia, Italia, Croacia, Lituania, Polonia, Portugal y Eslovaquia).
"En estos diez Estados miembros, las normas nacionales específicas sobre viajes combinados siguen siendo aplicables, lo que permite a los organizadores (...) emitir bonos, en lugar de reembolsos en dinero, por viajes cancelados o posponer el reembolso más allá del período de 14 días, según lo establecido en la Directiva", indicó la CE.
Si esas capitales no convencen a Bruselas en el plazo de dos meses, la Comisión les enviará una "opinión razonada", segundo paso de un procedimiento de infracción y la etapa anterior a que la CE lleve el caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
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